PARTIDO SOLIDARIO Distrito Jujuy

Fecha de disposición06 Julio 2016
Fecha de publicación06 Julio 2016
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

PARTIDO SOLIDARIO

Distrito Jujuy

EDICTO

El Juzgado Federal con competencia electoral en el Distrito Jujuy, a cargo del Dr. Mariano Wenceslao Cardozo, de acuerdo a lo resuelto en el Expte N° CNE 5640/2014, caratulado: "PARTIDO SOLIDARIO s/READQUISICIÓN DE LA PERSONALIDAD POLÍTICA", ordena: la publicación por un (01) día en el Boletín Oficial de la Nación de la resolución de reconocimiento de personería jurídico-política provisoria como partido de Distrito, la nómina de autoridades y la Carta Orgánica partidaria. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los nueve días del mes de septiembre de dos mil quince. Fdo.: Dr. Juan Horacio Chañi - Secretario Electoral.

Juan Horacio Chañi, Secretario Electoral.

San Salvador de Jujuy, 28 de junio de 2016.

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte N° CNE 5640/2014, caratulado: "PARTIDO SOLIDARIO s/READQUISICIÓN DE LA PERSONALIDAD POLÍTICA" del que,

RESULTA: I.- Que mediante resolución, de fecha 26 de agosto de 2015, se acordó personería jurídico-política provisoria de Distrito a la agrupación política denominada "Partido Solidario", con derecho exclusivo al uso de este nombre; emplazando a la agrupación política de autos para que, en el término de ciento cincuenta (150) días acredite la afiliación de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4\u2030) del total de los inscriptos en el Subregistro de Electores de este Distrito y acordando un plazo de ciento ochenta (180) días para realizar sus elecciones internas a efectos de constituir las autoridades definitivas del partido. Que a fs. 481 el apoderado partidario retira los libros "Caja", "Actas", "Inventario" y "Diario" sellados y rubricados por este Juzgado. Que a fs. 457 se tiene por reunido el número mínimo de afiliaciones previsto por el Art. 7° bis, inc. a) de la Ley 23.298, modificada por Ley 26.571. Que a fs. 471/474, la agrupación de autos, convoca a elecciones internas; acompaña acta de la Junta Electoral, de fecha 16 de mayo de 2016, por la cual oficializa la única lista presentada con motivo de las elecciones internas convocadas para el día 22 de mayo de 2016 y proclama como autoridades a los integrantes de la lista de fs. 508/512, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la agrupación política de autos ha acreditado la afiliación de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4\u2030) del total de los inscriptos en el Subregistro de Electores de este Distrito, celebrado sus primeras elecciones internas, constituido sus autoridades definitivas y presentado los libros, dando cumplimiento así con los requisitos exigidos por el Art. 7° bis - incs. a), b) y c) de la Ley 23.298 modif. por Ley 26.571. Por todo lo expuesto, oído el Sr. Fiscal Federal Electoral y conforme a las normas legales vigentes.

RESUELVO

  1. ) Acordar personería jurídico-política definitiva como partido de Distrito al "Partido Solidario", con derecho exclusivo al uso de este nombre. 2°) Disponer la publicación de la presente y la nómina de autoridades del partido en el Boletín Oficial de la Nación por el término de un (1) día (art. 15 del Decreto Reglamentario 937/10), juntamente con la Carta Orgánica Partidaria (Art. 63, Párrafo II de la Ley N° 23.298). 3°) Asignar al partido de Distrito "Partido Solidario" el número doscientos veinticinco (225) de identificación. 4°) Regístrese, notifíquese, dése cumplimiento a la Acordada Extraordinaria N° 22/84 de la Excma. Cámara Nacional Electoral y oportunamente archívese.

Mariano Wenceslao Cardozo, Juez Federal de Jujuy.

REGISTRADO:

Juan Horacio Chañi, Secretario Electoral.

PARTIDO SOLIDARIO

ORGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION

JUNTA EJECUTIVA

Nombre y Apellido DNI
PRESIDENTE Hugo Jose Condori 8.200.465
VICE- PRESIDENTE Aida VivianeAbplanalp 14.787.133
SECRETARIA Liliana Marcela F. Condori 18.409.587
PRO-SECRETARIO Alfredo Zaburlin 24.120.982
TESORERO Sergio Armando Aguilar 14.481.796
PRO-TESORERO Elba Natalia Gareca 27.520.968
VOCAL 1 Federico Rubén Alfaro 14.787.481
VOCAL 2 María José Condori 29.915.090
VOCAL 3 Daniel Esteban León 22.420.589
VOCAL 4 Mabel Irene Tapia 6.559.718
DELEGADOS

DELEGADOS TITULARES

Nombre y Apellido DNI
Hugo José Condorí 8.200.465
Aída VivianeAbplanalp 14.787.133
DELEGADOS SUPLENTES
Nombre y Apellido DNI
Liliana Marcela F. Condori 18.409.587
Daniel Esteban León 22.420.589
ASAMBLEA

ASAMBLEISTAS TITULARES

Nombre y Apellido DNI
Maximiliano Matías Azurduy 34.355.414
Luis Guillermo Cardozo 32.308.546
Julio Orlando Farfán 11.533.539
Sergio Joaquín Velázquez 38.746.813
Leonor Adriana Bautista 26.535.377
Norma Beatriz Zambrano 27.788.451
Sandra Beatriz Murillo 20.788.792
Jose Antonio Alarcón 18.225.287
Jorge Condori 38.469.750
Analía Micaela Mendoza 35.911.796
Franco Iván Fuentes 38.746.580
Mirta Adela Cejas 21.009.868
Luis Guillermo Cruz 14.804.179
Fabian Gonzalo Rios 39.200.291
Gerardo Nelson Tolaba 29.320.349
ASAMBLEISTAS SUPLENTES
Nombre y Apellido DNI
Abigail Elizabeth Mendez 35.307.466
Diego Facundo Cruz 40.441.564
Diego Armando Abán 27.954.304
David Patricio Castillo 28.856.245
Manuel Alejandro Mejías 36.579.514
Alberto Gustavo Churquina 31.077.953
Edelmira Noelia Segundo 32.971.322
Marcelo Sebastian Soruco 33.690.949
Abel Fernando Aguilar 27.493.543
Juan Pablo Villena 20.858.580
Leonardo Daniel Alarcón 38.471.614
Jonatán Ezaquiel Chijo 38.471.298
Noemi Patricia Ramos 31.126.629
Fiorela Mariel lbañez 37.959.825
Lorena Raquel Mansille 31.320.574
ORGANOS CONTROLADOR

TRIBUNAL DE CONDUCTA

TITULARES

Nombre y Apellido DNI
Jorge Gustavo Sampietro 12.877.536
Cristina Claudia Condori 22.340.772
Gisela Sabrina Zambrana 32.058.443
SUPLENTES
Nombre y Apellido
Andrea Soledad Arjona 30.765.947
Teresa Natividad Reynoso 4.796.365
Alejandro Hugo Condori 23.307.515
COMISION REVISORA DE CUENTAS

TITULARES

Nombre y Apellido DNI
Marcos Ernesto Zambrana 22.461.307
Cintia Celeste Egues 31.798.470
Olga del Valle Reynoso 5.073.008
SUPLENTES
Nombre y Apellido DNI
Ramona Del Valle Arias 21.635.599
Ricardo Ariel Oliver 24.875.140
Juan Antonio Castillo 20.479.841
CARTA ORGANICA DEL PARTIDO SOLIDARIO.-
TITULO I.- DEL PARTIDO.- Artículos 1 y 2
Artículo 1° La presente Carta Orgánica es la ley fundamental del Partido Solidario, cuya organización y funcionamiento se ajustará a sus disposiciones

Sus objetivos y programas están descriptos en su Declaración de Principios y en las resoluciones de sus órganos partidarios. Sus autoridades y listas a cargos públicos se integrarán con representantes de todos los sectores de la sociedad, sin discriminación de ningún tipo e incorporando a todas aquellas expresiones y manifestaciones que no contradigan los principios enunciados en la presente Carta Orgánica y en su Declaración de Principios.- En la elección periódica de autoridades y organismos partidarios se garantizará el porcentaje mínimo por sexo establecido en la Ley N° 24.012 y sus decretos reglamentarios (conforme modificación introducida por el Art. 1° de la Ley 26.571 al inc. b) del Art. 3° de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298).

Artículo 2° El ámbito de actuación del Partido Solidario abarca el Distrito Electoral de la provincia de Jujuy.-
TITULO II.- DE LOS AFILIADOS.- Artículo 3
Artículo 3° Son afiliados al Partido todos los ciudadanos de ambos sexos mayores de 18 años domiciliados en el ámbito de la provincia de Jujuy, que estando en ejercicio de sus derechos políticos, sean admitidos como tales por las autoridades partidarias expresa o tácitamente habiendo transcurrido el plazo fijado en el art. 25 de la ley 25.671

La resolución de rechazo de una afiliación debe ser fundada por la Junta Ejecutiva. Artículo 4°.- No podrán afiliarse y en caso de hacerlo perderá su condición de tales: a) Los Ciudadanos incluidos en las prohibiciones contenidas en la ley 26.571 y/o cualquier normativa que se dictara en su consecuencia; b) los que hayan sido sancionados con la pena de expulsión o exoneración; c) los que hubieran incurrido en violaciones a los principios esenciales del Partido; d) los que incurrieren en actos de notoria deslealtad o inconducta partidaria o cívica.- e) los que, habiéndose afiliado a otro partido no hayan presentado la renuncia previa expresa a dicha afiliación anterior (conforme art. 11 de la ley 26.571 mediante el cual se incorpora el art. 25 ter a la Ley 23.298) f) Los que hubieren incurrido o incurrieren en violaciones de los derechos humanos; Artículo 5°.- Todos los afiliados tienen iguales derechos y obligaciones, a saber: a) ningún afiliado o núcleo de afiliados podrá atribuirse la representación del Partido, de sus organismos o de otros afiliados, b) Están obligados a observar los Principios y Bases de Acción Política aprobados por el Partido y, oportunamente, en la Plataforma Electoral, mantener una conducta partidaria consecuente con la ética y la solidaridad y cumplir estrictamente las disposiciones de sus organismos; c) votar en las elecciones internas para elegir autoridades partidarias; d) contribuir a la formación del patrimonio del Partido, según las disposiciones que se dicten al respecto por las autoridades partidarias y las contenidas en la presente carta...

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