PARTIDO POPULAR - P.P. Distrito Córdoba

Fecha de disposición02 Septiembre 2016
Fecha de publicación02 Septiembre 2016
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

PARTIDO POPULAR - P.P.

Distrito Córdoba

Córdoba, 31 de agosto de 2016. El Señor Juez Federal con competencia electoral de la Provincia de Córdoba, Dr. Ricardo Bustos Fierro -Secretaría Electoral a cargo del Dr. Guillermo Pablo Fernández-, hace saber que con fecha 10 de agosto de 2016 en autos caratulados: "PARTIDO POPULAR \u2013 P.P. S/Reconocimiento de Partido de Distrito" (Expte. N° CNE 4003117/2014) se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 10 de agosto de 2016.

Y VISTOS: Estos autos caratulados: "PARTIDO POPULAR \u2013 P. P.- S/.Reconocimiento de Partido de Distrito" (Expte. N° CNE 4003117/2014), de los que resulta: Que a fs. 19, comparecen los señores Rafael Ernesto Quilez y Alexis Sebastián Leguizamón en carácter de apoderados de la agrupación "PARTIDO POPULAR", a fin de iniciar el trámite para obtener el reconocimiento de la Personería Jurídico Política como Partido de Distrito, constituyendo domicilio legal y sede partidaria en Av. Colón 36 \u2013 2° piso de esta Ciudad. Que a tal efecto acompaña a fs. 1 y 2 Acta Constitutiva en la que se designa la Junta Promotora y Apoderados de la agrupación; a fs. 5/6 Declaración de Principios; a fs. 7 /8 Bases de Acción Política y a fs. 18 Logo partidario. Que, a fs. 2 1/33 la agrupación acompaña la Carta Orgánica partidaria conforme a la exigencia referida al cupo de género contemplada por el Art. 3° Inc. b) de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298, en función de lo dispuesto por el Art. 109 de la Ley 26.571. Asimismo, acompaña adherentes al reconocimiento de la agrupación en fichas, planillas y soporte informático pertinente. Que, habiéndose informado por Secretaría (fs. 92) que del recuento, verificación y compulsa realizados sobre las adhesiones presentadas, fueron aprobadas un total de cuatro mil ciento veintinueve (4.129) alcanzando así el mínimo exigido por la legislación vigente. Que a fs. 93, se ordena la publicación en el Boletín Oficial, de la denominación partidaria por el término de tres (3) días y en virtud de ello a fs. 97 el Tribunal resolvió, fijar la audiencia prescripta por el Art. 62 de la Ley 23.298, la que luego de ser notificada al Ministerio Público Fiscal, librarse oficios a todos los partidos reconocidos y en trámite en el Distrito (fs. 105 a 157), se formalizó a fs. 159 con la asistencia del señor Procurador Fiscal y el señor Víctor Hugo Leguizamón en carácter de Vocal de la Junta Promotora y Apoderado de la agrupación política peticionante, quien...

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