Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 28 de Agosto de 2017, expediente CFP 006866/2013/26/CA012
Fecha de Resolución | 28 de Agosto de 2017 |
Emisor | CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 6866/2013/26/CA12 CCCF. SALA II.
CFP 6866/2013/26/CA12 “P., A.N. y otros s/ proc.y embargo"
Juz. Fed. n° 10 - Sec. n° 19 Buenos Aires, 28 de agosto de 2017.-
Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación glosado en copias a fs. 10/7vta de esta incidencia, interpuesto por el Dr. J.M.V., defensor público auxiliar de B.S.H.B., N.A.P. y E.L.A.S. , contra la resolución que luce a fojas 1/9 del presente, por la cual el Señor Juez de grado decretó el procesamiento de los nombrados -sin prisión preventiva-
en orden al delitos previsto en el art. 12 y 13 inciso "a" de la ley 25.891 y trabó embargo por la suma de $ 2.000.
II- En primer término, cabe indicar que los teléfonos cuestionados fueron incautados en los allanamientos llevados a cabo en el marco de las actuaciones que se seguían contra los nombrados en orden a su vinculación con maniobras en infracción a la ley 23.737 -episodios por los cuales fueron condenados conforme surge de fs. 1394-.
Puntualmente, en poder de H.B. se incautó un teléfono celular marca Samsung GT I., IMEI n° 3. (ver fs. 402/444); a N.P.
se le incautaron varios aparatos, dos marca Samsung, modelos G. y I-9. y dos marca LG modelos E-400 y K. , todos ellos con el n° de IMEI illegible o bien sin el sticker identificatorio; mientras que a L.S., se le encontró un aparato marca M., modelo A-1600 sin etiqueta con número de IMEI.
Asimismo, conforme surge del peritaje de la especialidad agregado a fs. 1004/1068, sólo se ha determinado fehacientemente que la unidad móvil secuestrada a H.B. fue objeto de una maniobra de adulteración ya que el IMEI inscripto en el adhesivo externo no coincidía con el número identificatorio grabado en el software; mientras que en los restantes teléfonos no pudo llevarse a cabo tal confrontación.
Además, se pudo comprobar que -a partir de las tarjetas SIM insertas en dichos aparatos- la línea asignada al teléfono encontrado en poder de la primera se encontraba a nombre de un tercero Fecha de firma: 28/08/2017 Alta en sistema: 29/08/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Prosecretaria Letrada de Cámara #30218221#186811367#20170828121049421 (ver fs. 1379 del ppal.), aspecto que también se verificó en uno de los aparatos hallados en el domicilio de P.
Frente a este panorama...
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