MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES Distrito La Pampa

Fecha de disposición01 Junio 2017
Fecha de publicación01 Junio 2017
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES

Distrito La Pampa

El Juzgado Federal de Primera Instancia de Santa Rosa (La Pampa) con Competencia Electoral, a cargo \u2013por subrogancia- del Dr. Facundo CUBAS, ha resuelto, en cumplimiento de lo establecido por el art. 63 -2° pár.- de la ley 23.298, ORDENAR la publicación en el Boletín Oficial de la Nación por el término de un (1) día la resolución que a continuación se transcribe, el domicilio y la Carta Orgánica partidaria (cf. Resolutorio de fecha 18/05/17, pto. 3). En Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 29 días del mes de mayo del año 2.017.- Fdo: Brenda Wernicke (Prosecretaria Electoral Temp.).- Santa Rosa, 18 de mayo de 2.017.- AUTOS Y VISTOS: El presente expte. Nº CNE 2/2017, caratulado: "MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES S/ RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO", del registro de la Secretaría Electoral de este Juzgado Federal, y CONSIDERANDO: Que las presentes actuaciones se iniciaron con el pedido de reconocimiento de la personería jurídico-política de la agrupación \u2018MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES\u2019, según acta de fundación y constitución de fecha 07 de diciembre de 2.016 (fs. 1), a tenor del art. 7° de la Ley Orgánica de Partidos Políticos N° 23.298 y modif.- Que a fs. 77/81 obran constancias de las coincidencias -con otras entidades reconocidas y en trámite- resultantes de la consulta \u2018en línea\u2019 efectuada ante el sistema informático del Registro Nacional de Nombres de los Partidos Políticos. En cumplimiento del trámite dispuesto por la Excma. Cámara Nacional Electoral mediante Acordadas n° 60/08 y 120/08 y anexo -ptos. IV y IV. 1-, a fs. 84 se dispuso la notificación a los partidos con denominación coincidente en otros distritos.- Que a fs. 87/98 y 100 obran las constancias de notificación a los apoderados de los partidos vigentes, mientras que a fs. 105/107 obran las constancias de publicación de edictos, conforme a lo dispuesto en el art. 14, párrafo segundo, de la Ley 23.298 y modif.- Que con fecha 04/05/17 se celebró la audiencia que dispone el art. 62 de la misma ley. En esa oportunidad, el apoderado de la Junta Promotora del partido \u2013en formación- de autos solicitó el reconocimiento provisorio de la agrupación con la denominación \u2018MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES\u2019, por considerar que se han cumplido todos los requisitos necesarios a tal efecto. Consta que en ese acto procesal no mediaron oposiciones en los términos del art. 14 -párrafo 3° - de la misma ley. - Que la Junta Promotora del partido político en formación ha cumplimentado las disposiciones del art. 7° incs. \u2018a\u2019 (fs. 1 y constancia de fs. 82), \u2018b\u2019 (fs. 1), \u2018c\u2019 (fs. 2/5 y 13), \u2018d\u2019 (fs. 6/12), \u2018e\u2019 (fs. 1) y \u2018f\u2019 (fs. 1) del texto legal citado, destacándose que la Carta Orgánica partidaria glosada a fs. 6/12 contempla las exigencias establecidas en el art. 21 de dicha ley y cumple \u2013en principio- con los requisitos legales de representación de minorías, respeto de la ley 24.012, método democrático interno, por lo que resulta viable su aprobación (cf. dictamen del Ministerio P. Fiscal -fs. 99-). Ello, sin perjuicio de que, eventualmente, en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales que me competen -siempre enmarcadas en una causa o controversia determinada- pueda verificarse la compatibilidad de dicho estatuto con las disposiciones constitucionales y legales que rigen la materia (cf. Fallo CNE n° 4029/2008 y otros).- Que la Junta Promotora del partido \u2013en formación- ha manifestado en autos (fs. 1) su voluntad de pertenecer a la agrupación política de orden nacional de homónima denominación, por lo que ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el art. 8 de la LOPP (fs. 130/150).- En mérito de las consideraciones expuestas, RESUELVO: 1°) RECONOCER en forma provisoria a la agrupación "MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES" como partido político (en formación) de este Distrito, con derecho al nombre indicado, en los términos y con los alcances del art. 7° -último párrafo- y 13 de la ley 23.298 (y sus modif.).- 2°) APROBAR la Carta Orgánica, Declaración de Principios y Bases de Acción Política obrantes en autos (fs. 2/14).- 3°) ORDENAR la publicación de la presente resolución, del domicilio partidario y de la Carta Orgánica partidaria, en el Boletín Oficial de la Nación por el término de un (1) día (art. 63, párrafo segundo, ley 23.298 y art. 14 del Decreto n° 937/10).- 4°) REMITIR fotocopia de la carta orgánica, declaración de principios y bases de acción política, como así también de la presente resolución a la Excma. Cámara Nacional Electoral (art. 39, ley 23.298 e instructivo del sistema creado mediante Acordada CNE n° 60/08), y fotocopias de la carta orgánica y de la presente resolución a la Dirección Nacional Electoral \u2013MI, OP y V- (cf. decreto 776/15).- 5°) HACER SABER a los integrantes de la junta promotora del partido \u2013en formación- de autos que para obtener el reconocimiento [inscripción] definitivo de la personería jurídico política, deberán dar cumplimiento con los requisitos establecidos en el art. 7° bis de la ley citada, en los plazos allí estipulados (a contar en días corridos, a partir de la notificación del presente), bajo apercibimiento de declarar la cancelación de la inscripción dispuesta en la presente resolución (cf. Fallo CNE n° 4831/12).- Regístrese, notifíquese, cúmplase.- Domicilio Partidario: Misiones 317, Santa Rosa, La Pampa. CARTA ORGÁNICA DEL PARTIDO \u2013 MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES I 1.- El presente estatuto constituye la Carta Orgánica del partido Movimiento Socialista de los Trabajadores. El partido Movimiento Socialista de los Trabajadores es una organización política del Distrito electoral de la provincia de La Pampa. Integran el partido Movimiento Socialista de los Trabajadores los afiliados que hayan aceptado la Declaración de Principios, las Bases de Acción Política, la presente Carta Orgánica, y que someten su accionar a la Constitución Nacional, Constituciones provinciales, a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, nacionales y provinciales y demás leyes y decretos reglamentarios. II De los afiliados 2.- Para afiliarse al partido Movimiento Socialista de los Trabajadores, se requiere: a) Estar domiciliado en la provincia de La Pampa...

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