MOVIMIENTO AVANZADA SOCIALISTA Distrito Capital Federal

Fecha de disposición16 Junio 2017
Fecha de publicación16 Junio 2017
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

MOVIMIENTO AVANZADA SOCIALISTA

Distrito Capital Federal

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia Electoral en el Distrito Capital Federal, a cargo de la Dra. María Romilda Servini, en cumplimiento de lo establecido en el art. 63 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298, ha ordenado la publicación en el marco del Expte. CNE 6991/2016 caratulado "MOVIMIENTO AVANZADA SOCIALISTA S/ RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO", por el término de un (1) día y sin cargo, de la resolución de reconocimiento de la personería jurídico política provisoria del partido de autos, la cual se acompaña al presente.- Fdo. Dra. María Romilda Servini -Juez Federal-, Ante mí: Dr. Martin Rosendo Segui, Secretario Electoral. En Capital Federal, a los 13 días del mes de junio del año 2017. Fdo. Dr. Martin Rosendo Segui, Secretario Electoral RESOLUCIÓN N°: _16__/17.- Buenos Aires, 13 de junio de 2017. AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa caratulada "MOVIMIENTO AVANZADA SOCIALISTA s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO", Expte. N° CNE 6991/2016, del registro de causas de esta Secretaría Electoral de la Capital Federal y, Y CONSIDERANDO: I) Que a fs. 334/9 vta. luce agregada la Resolución N° 11/17 del 23 de mayo de 2017, por la que se reconoce provisoriamente la personería jurídico política al partido de autos, conforme lo establece el art. 7 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos. Que a fs. 341/346, el Sr. Procurador Fiscal Electoral interpone recurso de apelación solicitando se lo conceda y se eleve la causa a la Excma. Cámara Electoral junto con los cuerpos de Expte. en lo que tramitó la reinscripción del partido Movimiento al Socialismo Distrito Capital Federal, y que oportunamente se revoque la sentencia apelada. Que a fs. 348 se concede en relación y con efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Procurador Fiscal y se ordena correr traslado al partido de autos por el término de cinco (5) días hábiles. Que a fs. 349, se presenta la Sra. Apoderada a fin de dar cumplir con lo dispuesto en el punto III de la Resolución de reconocimiento provisorio, acompañando el Libro de Actas, Libros de Caja, Inventario y Diario, exigidos por el artículo 37 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, para su rúbrica. A fs. 410, se ordena rubricar de los mencionados libros. Que a fs. 350/409, 415/489 se presenta la Sra. Apoderada partidario acompañando fichas de afiliación a fin de cumplir con lo...

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