MINERA DEL ALTIPLANO S.A.

Fecha de la disposición15 de Agosto de 2018

MINERA DEL ALTIPLANO S.A.

Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria, del 9/8/2018, se resolvió: 1) Aprobar la renuncia del Sr. Charles Nuccio; 2) Reformar el artículo 9º del Estatuto Social el cual quedó redactado: "ARTÍCULO 9°: La dirección y la administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto por no menos de tres (3) miembros ni más de diez (10) de acuerdo a lo que establezca la Asamblea de Accionistas. Los directores titulares y suplentes serán elegidos por clase de acuerdo con el siguiente procedimiento: Una vez fijado por la Asamblea el número de miembros que integrarán el directorio, el número de directores que elegirá la clase "A" será de dos directores y la clase "B" elegirá a los restantes miembros. La Asamblea de accionistas podrá fijar el número igual o inferior, por cada clase, de directores suplentes, con mandato por igual término que los titulares. Los suplentes cubrirán las vacantes que dejen los titulares en el orden de sus respectivas designaciones y serán elegidos por los accionistas de la clase A o de la clase B, según el caso. La elección de los directores titulares y suplentes de cada clase se efectuará una vez constituida la Asamblea, por los accionistas de esa clase presentes en la misma, cualquiera sea su número y por la mayoría de votos presentes dentro de esa clase. En caso de empate en la elección de directores titulares y suplentes de una clase, la Asamblea pasará a un cuarto intermedio por el término de 24 horas. Si el empate subsistiere luego de reanudada la Asamblea, la elección se realizará por sorteo. En los supuestos de que no concurran a la Asamblea, accionistas de una de las clases, el o los directores que corresponden a dicha clase ausente, serán designados por la otra clase, por mayoría de votos presentes. Los directores durarán un ejercicio en sus funciones y son reelegibles. La revocación del mandato de los directores será efectuada por la clase electora reunida en asamblea, con las formalidades y requisitos establecidos por el artículo 250 de la Ley 19.550. La asamblea de clase será convocada a pedido de cualquier accionista integrante de la misma y cualquiera sea la tenencia accionaria. La asamblea se realizará en el plazo máximo de treinta días de recibida la solicitud. Si el directorio no convocase...

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