MICRO LENDING S.A.
Fecha de disposición | 04 Agosto 2016 |
Fecha de publicación | 04 Agosto 2016 |
Sección | Avisos Comerciales |
MICRO LENDING S.A.
En cumplimiento del artículo 10 de la Ley Nº 23.576 (y sus modificatorias) se informa: a) Micro Lending Sociedad Anónima ("MILA") ha constituido el Prospecto de Emisión de Obligaciones Negociables PyMEs por un monto máximo de hasta V/N $ 60.000.000 (el "Prospecto"), en virtud de lo resuelto por asamblea extraordinaria de accionistas del 29/10/2015 y del 20/05/2016. De acuerdo con los principales términos y condiciones que se resumen a continuación y que forman parte del Prospecto de fecha 2 de agosto de 2016. MILA aprobó los términos y condiciones particulares de la emisión de obligaciones negociables, por un monto de hasta $ 60.000.000, por reunión de su Directorio de fecha 30/10/2015, 20/05/2016, 29/06/2016 y acta de subdelegado de fecha 2 de agosto de 2016 (las "Obligaciones Negociables"). El capital de las Obligaciones Negociables no se actualizará, y éstas devengarán intereses a una variable y con vencimiento a los 36 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación; b) Micro Lending Sociedad Anónima es una sociedad anónima, con sede social en la calle Guido 1926, piso 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, constituida el 6 de julio de 2001 e inscripta en la Inspección General de Justicia el 20 de julio de 2001 bajo el N° 9488 del Libro 15 de Sociedades por Acciones con duración hasta el 20 de julio de 2100; c) Su actividad principal es la prestación de servicios de crédito (incluye el otorgamiento de préstamos por entidades que no reciben depósitos y que están fuera del sistema bancario y cuyo destino es financiar el consumo, la vivienda u otros bienes). El objeto Social de MILA es llevar a cabo por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros o integrando agrupaciones de colaboración empresaria o uniones transitorias de empresas o a través de cualquier mecanismo legal precedente las siguientes actividades en la Argentina o en el extranjero: 1) FINANCIERAS: mediante la realización de todo tipo de operaciones financieras \u2013 con exclusión de aquellas reservadas para las entidades comprendidas en la Ley N° 21.526, o la que en el futuro pudiera emplazar a la misma, así como las que requieran el concurso del ahorro público \u2013 y en especial: a. Otorgar créditos personales, con garantía o sin ella, destinados a la adquisición de bienes de uso o de consumo, mediante bonos, libretas, órdenes, tarjetas, dispositivos magnéticos o cualquier otro tipo de instrumento; b. Otorgar préstamos a particulares...
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