MARIVA BURSATIL S.A.

Fecha de disposición12 Mayo 2016
Fecha de publicación12 Mayo 2016

MARIVA BURSATIL S.A.

Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 29/04/2016 se resolvió por unanimidad: (i) aumentar el capital social por fuera del quíntuplo, elevándolo de $ 101.180.000 a $ 136.816.000 por capitalización de dividendos en acciones por $ 35.636.000 y emitir en consecuencia 35.636 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a 1 voto por acción y de valor nominal $ 1000; (ii) reformar los Artículos 6° y 8° del Estatuto Social a fin de adecuarlos al aumento de capital resuelto, a modificaciones introducidas por el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normativa aplicable y a los efectos de facilitar el desempeño del directorio, quedando los mismos redactados en los siguientes términos: "ARTÍCULO SEXTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de $ 136.816.000 (pesos ciento treinta y seis millones ochocientos dieciséis mil), representado por ciento treinta y seis mil ochocientas dieciséis acciones de mil pesos valor nominal cada una.- El capital social podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, la que fijará las características de las acciones a emitirse, pudiendo delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago de las mismas.- Dicha resolución se publicará e inscribirá en el Registro Público de Comercio."; "ARTÍCULO OCTAVO: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del Directorio, integrado por tres a ocho titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes. El término de su elección es de tres ejercicios. La Asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración. El directorio sesionará con la presencia de la mitad más uno de sus miembros titulares y resuelve por mayoría absoluta de los presentes; en caso de empate el Presidente desempatará votando nuevamente. Las reuniones de Directorio se celebrarán en jurisdicción del domicilio legal. El Directorio también podrá celebrar sus reuniones con sus miembros comunicados entre sí mediante videoteleconferencia, computándose a los efectos del quórum tanto los directores presentes como los que participen a distancia. Las actas de estas reuniones serán confeccionadas y firmadas por los directores y síndicos presentes. Los miembros de la Comisión Fiscalizadora deberán dejar expresa constancia en el acta de los nombres de los directores que han participado a distancia y de la regularidad de las decisiones adoptadas...

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