MARIVA ASSET MANAGEMENT S.A. SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION

Fecha de disposición12 Mayo 2016
Fecha de publicación12 Mayo 2016

MARIVA ASSET MANAGEMENT S.A. SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSION

Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 29/04/2016 se resolvió por unanimidad: (i) aumentar el capital social por fuera del quíntuplo, elevándolo de $ 13.752.978 a $ 24.480.763 por capitalización de dividendos en acciones por $ 10.727.785 y emitir en consecuencia 10.727.785 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a 1 voto por acción y de valor nominal $ 1; (ii) reformar los Artículos 1°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8° y 10° del Estatuto Social a fin de adecuarlos a lo antes resuelto, a las modificaciones introducidas por el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normativa aplicable y a los efectos de facilitar el desempeño de los negocios sociales, quedando los mismos redactados en los siguientes términos: "ARTÍCULO PRIMERO: DENOMINACIÓN SOCIAL. DOMICILIO: Bajo la denominación "MARIVA ASSET MANAGEMENT SOCIEDAD ANÓNIMA SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN", se constituye una sociedad anónima que se regirá de acuerdo con las prescripciones dispuestas por la Ley General de Sociedades y sus modificatorias y el presente estatuto. Tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pudiendo por resolución de su directorio establecer agencias, sucursales y establecimientos en cualquier lugar del país y/o del exterior." "ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES, representado por veinticuatro millones cuatrocientos ochenta mil setecientos sesenta y tres acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción, de valor nominal un peso cada una." "ARTÍCULO QUINTO: El capital social podrá ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria de accionistas de la sociedad hasta el quíntuplo de su monto de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 188 de la Ley General de Sociedades, mediante la emisión de acciones ordinarias, según lo decida la asamblea de accionistas, con derecho a un voto por acción y de valor un peso cada acción. La correspondiente emisión de acciones podrá ser delegada en el directorio de la sociedad." "ARTÍCULO SEXTO: CLASE DE ACCIONES: Las acciones serán ordinarias, nominativas y no endosables. La sociedad mantendrá un registro de acciones. En caso de transferencia de acciones a terceros por cualquier título, la misma sólo será válida y oponible a la sociedad y a sus...

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