Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 28 de Marzo de 2017, expediente CIV 034857/2015/CA001

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I PETROLO s/SUCESION AB-INTESTATO Buenos Aires, 28 de marzo de 2017.- MA AUTOS Y VISTOS:

  1. La resolución de fs.65 que reguló los honorarios del Dr.

    M.F.M. fue apelada a fs. 66 por reducidos y a fs. 69 por elevados por la obligada al pago.

  2. De las constancias de autos resulta que a fs.13 se presentó A.M.R., heredera del causante en virtud de lo que resulta de los autos “P., O.A. –exp.88557/09” con el patrocinio del Dr. M.F.M..

    A fs. 37 la heredera revocó el patrocinio letrado y se presentó con uno nuevo.

    A fs. 61 el ex letrado clasificó tareas y estimó el valor del inmueble del acervo.-

  3. Es jurisprudencia del tribunal que en los procesos sucesorios no proceden las regulaciones provisionales (conf. esta S. exp. 98062/01 “C., J. de Dios s/ incidente civil” del 1/10/14, 36318/06 “G.D.A. y otros s/ Sucesión ab-intestato”

    del 4/12/14, exp. 63980/12 “G.D.S. s/ Sucesión ab-intestato” del 11/12/14, exp.2482/14 “F., J. s/

    Sucesión testamentaria” del 18/10/2016 y exp. 78135/09 “B., M.L. y otros s/ Sucesión ab-intestato” del 3/11/2016, entre otros).

    Teniendo en cuenta lo que resulta de las constancias de autos, que a fs. 25 se decretó la apertura del juicio sucesorio (1ra.

    Etapa), que a fs. 29 se adjuntaron las constancias de la publicación de los edictos y a fs.32 se dictó la declaratoria de herederos; y que a fs.50 si bien se ordenó...

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