Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 16 de Septiembre de 2016, expediente CIV 095548/2010

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala M

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 95548/2010 P M c/ I S E s/EJECUCION DE ALIMENTOS - INCIDENTE Buenos Aires, 16 de septiembre de 2016 fs.389 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo de los recursos de apelación interpuestos por el demandado a fs.283/286 -en forma subsidiaria- , por la parte actora a fs.292 y por la Sra. Defensora de Menores a fs.303 —adhiriendo a los argumentos de la ejecutante— contra el decisorio de fs.264/265, mediante el cual la Magistrada de grado hizo lugar a la impugnación formulada por el accionado respecto de la liquidación practicada por la ejecutante. Las costas fueron impuestas al ejecutado.

    Con la presentación ya mencionada de fs.283/286 se tiene por fundado el recurso articulado por el I, cuyo traslado no fue contestado. Por su parte, la actora presentó el memorial de agravios a fs.296/298, el cual fue contestado a fs.304/305.

    Asimismo, se elevaron para conocer sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs.308 y por el Sr. Defensor de Menores e Incapaces a fs.316 contra la resolución dictada a fs.306/307, por la cual se hizo lugar al pedido de sustitución de embargo solicitado por el ejecutado I a fs.246/247. El memorial de agravios luce a fs.311/312 y el demandado contestó el traslado respectivo a fs.313.

    A fs.320 dictaminó la Sra. Defensora de Menores e Incapaces de Cámara.

  2. En lo que concierne al primer planteo, a fs.264/265 la Juez de grado resolvió las impugnaciones formuladas por el ejecutado respecto de la ampliación de demanda y la liquidación practicada por Fecha de firma: 16/09/2016 Firmado por: E.D.D.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA #12228234#153751545#20160916113607042 la actora a fs.235/236, hizo lugar a la observación efectuada por el demandado y mandó que la ejecutante practicara nuevos cálculos descontando la totalidad de las sumas de dinero que se encuentran embargadas conforme medida decretada a fs.83, pto.1). Además, ordenó que la parte actora acredite lo abonado en concepto de cobertura social e impuso las costas de la incidencia al ejecutado.

    El presente proceso tiene por objeto la ejecución de los alimentos acordados convencionalmente por las partes, según instrumento que en copia luce a fs.1/3 —v. cláusula segunda—, el que a su vez comprende el pago de la cobertura social tanto de los menores como de la parte actora.

    Bajo este escenario, las quejas vertidas por M P respecto del carácter del bien objeto del embargo decretado a fs.83 y de los frutos que genere, así como lo concerniente al reclamo por eventuales derechos derivados de la extinción de la comunidad, exceden el marco de discusión de esta litis, En su caso, las pretensiones correspondientes deberán canalizarse por la vía y forma pertinente.

    Tal conclusión se ve corroborada por las constancias del expediente seguido entre las mismas partes sobre separación de bienes –causa n°44.141/2013- que se tiene a la vista para este acto-, de la cual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR