LIAG ARGENTINA S.A.

Fecha de la disposición22 de Mayo de 2018

LIAG ARGENTINA S.A.

Liag Argentina S.A. (la "Emisora" o la "Sociedad") con domicilio en Maipú 1300, Piso 26, Ciudad de Buenos Aires, constituida por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 1982, con una duración de 99 años contados a partir del 16 de septiembre de 1983 -fecha de inscripción ante el Registro Público de Comercio-, bajo el número 6625, libro 98, tomo A de estatutos de sociedades anónimas nacionales; comunica que en virtud de las facultades delegadas por la asamblea de accionistas del 26 de julio de 2011, delegación que fue prorrogada por asamblea de accionistas del 8 de agosto de 2013 y del 11 de julio de 2016, el directorio de la Emisora en reunión del día de fecha 16 de abril de 2018 resolvió aprobar la emisión de la novena serie de obligaciones negociables por hasta U$S 10.000.000 ampliable hasta US$ 15.000.000, en el marco del Programa Global de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con o sin garantía flotante, especial y/o común y/u otra garantía, por hasta US$ 50.000.000 o su equivalente en otras monedas (el "Programa") cuya oferta pública ha sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores (CNV) el 6 de septiembre de 2011. La ampliación del monto del Programa por un monto de hasta US$ 50.000.000 ha sido autorizada por Resolución Nº 17.490 de la CNV del 3 de septiembre de 2014 y la prórroga del Programa por un plazo de 5 años, por Resolución Nº 18.413 del 22 de diciembre de 2016. La Serie IX será emitida en una o dos clases: Obligaciones Negociables Clase I a Tasa Variable con vencimiento a los 24 meses desde la Fecha de Emisión por un valor nominal de hasta $ 200.000.000 ampliable hasta $ 300.000.000. Obligaciones Negociables Clase II a Tasa Fija con vencimiento a los 30 meses desde la Fecha de Emisión por un valor nominal en Dólares Estadounidenses de hasta US$ 10.000.000 ampliable hasta US$ 15.000.000. La sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase I y de las Obligaciones Negociables Clase II no podrá superar el Monto Nominal Global Total de V/N US$ 10.000.000 ampliable hasta V/N US$ 15.000.000. Asimismo, el directorio resolvió aprobar las siguientes condiciones particulares para las ON Clase I: 1) Garantía: Las Obligaciones Negociables Clase I constituirán obligaciones directas, incondicionales, no garantizadas y no subordinadas de Liag y tendrán en todo momento el mismo rango de prelación en cuanto a derecho de pago que todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas, tanto actuales como futuras de Liag (con excepción de las obligaciones que gozan de preferencia por imperio de la ley o de pleno derecho). Las Obligaciones Negociables Clase I tendrán como garantía común únicamente el patrimonio de la Emisora. 2) Estarán denominadas en pesos. 3) Monto de la Emisión: El monto total de la emisión de las Obligaciones Negociables Clase I será de hasta V/N $ 200.000.000 (pesos doscientos millones) ampliable por hasta V/N $ 300.000.000 (pesos trescientos millones) (el "Monto Total de Emisión de las Obligaciones Negociables Clase I"). La sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase I y de las Obligaciones Negociables Clase II, no puede superar el Monto Nominal Global Total de hasta U$S 10.000.000 (dólares estadounidenses diez millones) ampliable hasta U$S 15.000.000 (dólares estadounidenses quince millones). 4) Precio de Emisión: 100% del Valor Nominal (a la par). 5) Moneda de Suscripción y Pago: Las Obligaciones Negociables Clase I serán suscriptas y pagaderas en pesos. 6) Fecha de Emisión: Es aquella fecha en la que se emiten las Obligaciones Negociables Clase I, de acuerdo a lo decidido por los Agentes Colocadores en conjunto con la Sociedad, lo cual tendrá lugar dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes al último día del Período de Licitación y será oportunamente informada mediante el Aviso de Suscripción, Aviso Complementario y/o el Aviso de Resultados 7) Fecha de Vencimiento: Será a los 24 meses de la Fecha de Emisión y se informará mediante el Aviso de Suscripción, Aviso Complementario y/o Aviso de Resultados. 8) Forma de integración: Las Obligaciones Negociables Clase I deberán ser integradas en pesos. Los suscriptores de las Ofertas de Suscripción que hubieran sido adjudicadas deberán pagar el precio de suscripción correspondiente a las Obligaciones Negociables Clase I efectivamente adjudicadas, en pesos, mediante (i) transferencia electrónica del correspondiente precio a la cuenta que se indique en el formulario de las Ofertas de Suscripción y/o (ii) débito del correspondiente precio de la cuenta del...

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