JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 10 SECRETARÍA NRO. 19
Fecha de disposición | 15 Junio 2018 |
Fecha de publicación | 15 Junio 2018 |
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 19
El JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO Nº 10, SECRETARÍA Nº 19, sito en Sarmiento 1118, piso 3° de la ciudad de Buenos Aires notifica a Aybar Roberto DOMÍNGUEZ (D.N.I. Nº 21.653.782) lo resuelto en fecha 04 de junio de 2018 en los autos Nº CPE 494/2015 (1904), caratulados "FUNDACIÓN MADRES DE PLAZA DE MAYO [Y OTROS] SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769" que a continuación se transcribe en sus partes pertinentes: "Buenos Aires, 04 de junio de 2018. AUTOS Y VISTOS\u2026Y CONSIDERANDO: 1º) Que forman parte del objeto del proceso, entre otros hechos, la supuesta omisión de depósito dentro del término establecido por la ley de los montos presuntamente retenidos a los dependientes de la FUNDACIÓN MADRES DE PLAZA DE MAYO en concepto de aportes destinados al Régimen Nacional de la Seguridad Social, correspondientes a los períodos fiscales mensuales 9/2013, 12/2013, 1/2015 a 5/2015, 7/2015 a 11/2015, 1/2016 y 2/2016, todos ellos inclusive, por sumas superiores a las legalmente previstas\u2026 SE RESUELVE: I. SOBRESEER PARCIALMENTE en la presente causa Nº CPE 494/2015, por la aplicación retroactiva de una ley más benigna -Nº 27.430- que la vigente al momento de comisión de los hechos -Nº 24.769 con la reforma de la ley Nº 26.735-, con respecto a\u2026 y Aybar Roberto DOMÍNGUEZ (D.N.I. Nº 21.653.782), y en orden a la supuesta omisión de depósito dentro del término establecido por la ley de los montos presuntamente retenidos a los dependientes de la FUNDACIÓN MADRES DE PLAZA DE MAYO en concepto de aportes destinados al Régimen Nacional de la Seguridad Social, correspondientes a los períodos fiscales\u2026 9/2013, 12/2013, 1/2015 a 5/2015, 7/2015 a 11/2015, 1/2016 y 2/2016, en cuanto a\u2026 y Aybar Roberto DOMÍNGUEZ (arts. 334, 335 y 336, inc. 3º, del C.P.P.N., art. 2 del C.P., art. 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica- y art. 15, inc. 1º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -conf. art. 75, inc. 22 de la C.N.). II. DECLARAR que la formación del proceso con relación a los hechos referidos por el punto anterior no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado\u2026 Aybar Roberto DOMÍNGUEZ, respectivamente (art. 336, último párrafo, del C.P.P.N.) \u2026 Fdo. Diego García Berro. Juez. Ante mí: Natalia Mariel Etcheto. Secretaria." Asimismo, se notifica de lo dispuesto en las actuaciones de referencia, en fecha 13/06/18 por...
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