JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7 SECRETARÍA NRO. 14

Fecha de disposición12 Agosto 2016
Fecha de publicación12 Agosto 2016

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

EDICTO: El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 14, notifica a la firma SHIMISA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. (CUIT N° 30-70866198-4), a Sergio Adrián VECCHIO (D.N.I. N° 17.287615), a Sandra Gabriela GADALETA (D.N.I. N° 17.945.725), y a Lucio Marcelo CASSARINO (D.N.I. N° 21.588.749) de lo dispuesto en la causa N° 1093/2014 (6971), caratulada: "SHIMISA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. S/SOBRE INFRACCIÓN LEY 22.415": "Buenos Aires, 9 de agosto de 2016. AUTOS Y VISTOS:\u2026Y CONSIDERANDO:\u2026 RESUELVO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE a Sergio Adrián VECCHIO (D.N.I. N° 17.287615), cuyos datos personales obran en autos, porque los hechos investigados no encuadran en una figura legal (confr. artículo 336, inciso 3° del C.P.P.N.); II.- HACER EXPRESA MENCIÓN que la formación del presente proceso, con relación a los hechos mencionados por el punto anterior, no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado Sergio Adrián VECCHIO (artículo 336, "in fine", del C.P.P.N.). III.- SOBRESEER TOTALMENTE a Sandra Gabriela GADALETA (D.N.I. N° 17.945.725), cuyos datos personales obran en autos, porque los hechos investigados no encuadran en una figura legal (confr. artículo 336, inciso 3° del C.P.P.N.); IV.- HACER EXPRESA MENCIÓN que la formación del presente proceso, con relación a los hechos mencionados por el punto anterior, no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado Sandra Gabriela GADALETA (artículo 336, "in fine", del C.P.P.N.). V.- SOBRESEER TOTALMENTE a Lucio Marcelo CASSARINO (D.N.I. N° 21.588.749), cuyos datos personales obran en autos, porque los hechos investigados no encuadran en una figura legal (confr. artículo 336, inciso 3° del C.P.P.N.); VI.- HACER EXPRESA MENCIÓN que la formación del presente proceso, con relación a los hechos mencionados por el punto anterior, no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado Lucio Marcelo CASSARINO (artículo 336, "in fine", del C.P.P.N.). VII.- EXTRAER TESTIMONIOS de las presentes actuaciones, y remitirlos al Banco Central de la República Argentina, para que en esa órbita se investiguen los presuntos giros de divisas al exterior por parte de...

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