JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 SECRETARÍA NRO. 1

Fecha de disposición23 Mayo 2017
Fecha de publicación23 Mayo 2017

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1

SECRETARÍA NRO. 1

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 1, a cargo del Dr. Alberto Daniel Alemán, Secretaría Nº 1, a cargo del Dr. Mariano Conde, con sede en Av. Roque S. Peña 1211, piso 5° de la Capital Federal, hace saber que por ante dicho Tribunal tramitan los autos "UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/COTO CICSA s/sumarísimo" Expte. Nº 49.851/2010, y que la parte actora es una asociación de consumidores que promueve una acción colectiva contra la empresa mencionada. El objeto de la pretensión consiste en que la empresa: 1) Se disponga, como medida cautelar, que COTO cese de cobrarle a los usuarios el cargo adicional por el concepto exceso del límite de compra con tarjetas de crédito otorgadas por COTO (CTI) y/o como se denomine el cargo en el futuro; 2) Se disponga que la demandada COTO le devuelva a sus usuarios y ex usuarios todas las sumas de dinero \u2013con más intereses, desde el momento del pago y hasta la efectiva restitución total del monto dinerario de que se trate\u2013 que les cobró por el concepto de cargo adicional por exceso en el límite de tarjeta de crédito, lo hayan aceptado o no de modo previo y expreso al momento del débito o cobro que se les efectuó por ese concepto; 3) Se le imponga a la demandada una multa civil en los términos del artículo 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor, Nro. 24.240, modificada por Ley 26.361, ello en orden a que violentó el orden legal, por establecer en el contrato una cláusula abusiva y cobrarle un concepto que le estaría vedado. Para el hipotético caso que no se estimara procedente el cese total del cargo y la restitución pedida, en forma subsidiaria peticionamos, que se ordene el cese del cobro del concepto exceso de límite de compra cuando \u2013sumado a la aplicación de la tasa de interés...

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