JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 6 SECRETARÍA NRO. 12

Fecha de disposición03 Noviembre 2015
Fecha de publicación03 Noviembre 2015
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 6
SECRETARÍA NRO. 12
E D I C T O “BOLETIN OFICIAL” El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 6, a cargo
de la Dra. Marta Cirulli, Secretaria 12 a cargo del Dr Ernesto tenuta, sito en la Av. Roque Saenz Peña
1211, piso 6° , Ciudad autónoma de Buenos Aires hace saber que ante dicho tribunal tramitan los autos
caratulados “PADEC-Prevención Asesoramiento y Defensa del Consumidor c/ HSBC BANK ARGENTINA
S.A. s/ORDINARIO” Expte. N° 3634/2006 en donde PADEC promovió una acción de incidencia colectiva,
en representación de todos los clientes y ex clientes del HSBC BANK ARGENTINA S.A. que sean o
hayan sido titulares de caja de ahorro con cobro de mantenimiento de dicha cuenta. Se informa el objeto
de la demanda: 1) La nulidad de los actos jurídicos relativos al cobro del cargo “mantenimiento de cuenta”
en las cuentas de Caja de Ahorro. 2) Al reintegro a todos los usuarios, a través del mismo mecanismo
que fue cobrado, de dicho cargo durante el plazo no prescripto, con más los intereses que V.S. estime
corresponder. 3) Para el grupo de usuarios que se hubieran desvinculado de la demandada a la fecha de
la sentencia, se disponga depositar en el plazo de diez días y bajo apercibimiento de multa, en el Banco
de Depósitos Judiciales a la orden del Juzgado y como pertenecientes a la cuenta de autos, las sumas
que correspondan a dichos usuarios. El presente edicto ha sido dispuesto a efectos de hacer la
existencia de las presentes actuaciones con el fin que hagan uso de la opción otorgada por el art. 54,
párrafo 2° de la ley 24.240. También se les hace saber que podrán consultar el expediente en mesa de
entradas de lunes a viernes de 7:30 a 13:30 hs. o a la Asociación de Consumidores Padec (011-4371-
2109) correo electrónico padec@padec.org.ar. Los citados deberán manifestar expresamente su voluntad
de no quedar afectados por el alcance de este proceso, decisión que deberán comunicar a la accionante
dentro del plazo de treinta (30) días de efectuada la última publicación de edictos, a los efectos que
resulte posible el ejercicio de una posterior acción individual, si es que consideran que la eventual
solución dada al caso no resolverá adecuadamente su situación particular. Publíquese por dos (2) días
en el Boletín Oficial. MARTA G. CIRULLI Juez - ERNESTO TENUTA SECRETARIO
e. 03/11/2015 N° 162771/15 v. 04/11/2015
Fecha de publicacion: 03/11/2015
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/TDUraXQ2cndxVTkreFpJZ1U0d1UwZz09
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