JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7 SECRETARÍA NRO. 14

Fecha de disposición14 Octubre 2015
Fecha de publicación14 Octubre 2015

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7

SECRETARÍA NRO. 14

EDICTO BOLETIN OFICIAL El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº7 a cargo del Dr. Fernando G. D\u2019Alessandro, Secretaría Nº14 a cargo del Dr. Diego H. Vazquez, con asiento en la Av. Diag. Roque Saenz Peña 1211 2ºPiso Capital Federal, comunica que en los autos "PROYECTOS Y PLANIFICACIONES S.A. S/ QUIEBRA" Expte. Nº30920/2011, con fecha 27 de agosto de 2015 se ha dispuesto el llamado a mejorar la oferta de FABIAN VON THÜNGEN REICHENBACH para la adquisición del "eventual crédito litigioso" que pudiera corresponder a la fallida respecto del reclamo a Ferrostaal Argentina S.A. por el supuesto acuerdo frustrado de colaboración conforme la documentación acompañada a fs. 1310/1320 en las siguientes condiciones: A. El monto de la oferta a mejorar es de $ 1.000.000. B. Todos los gastos derivados de la compra estarán a cargo del comprador. C. Las ofertas serán presentadas en idioma castellano, por duplicado, con todas sus hojas numeradas, en sobre cerrado en cuyo anverso constará la siguiente mención: contiene oferta en autos: "PROYECTOS Y PLANIFICACIONES SA S/ QUIEBRA" EXPTE. 30920/2011, Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 7, Secretaría n° 14. La parte externa del sobre no deberá tener mención alguna que permita la identificación del oferente. D. Las ofertas deberán contener los siguientes elementos en el interior del sobre cerrado: -las personas físicas deberán indicar su nombre y apellido, número de DNI y CUIT o CUIL -según corresponda-; domicilio real y especial constituido dentro de la jurisdicción del Juzgado; -las personas jurídicas, testimonio original o copia autenticada de los instrumentos que acrediten la representación invocada; como así también, su capacidad para obligar a la persona representada; el número de CUIT, domicilio real y especial constituido en jurisdicción del Juzgado. Respecto de los mandatarios y sin perjuicio del cumplimiento de lo previsto en los párrafos que anteceden; se acompañará copia certificada del mandato, con facultades suficientes para obligar al oferente. Se deberá indicar con claridad el precio neto ofertado, el que deberá superar la suma de $ 1.000.000 debiendo acreditarse en depósito el 10% de la suma que se oferte; la que se constituirá como garantía y mantenimiento de la oferta. Se producirá la pérdida en favor de la quiebra de los valores depositados en garantía de la oferta, en los siguientes supuestos...

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