IZQUIERDA POR UNA OPCIÓN SOCIALISTA

Fecha de disposición26 Diciembre 2018
Fecha de publicación26 Diciembre 2018
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

IZQUIERDA POR UNA OPCIÓN SOCIALISTA

El Juzgado Federal con competencia electoral de Río Negro, hace saber que en los autos caratulados: "IZQUIERDA POR UNA OPCION SOCIALISTA s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO" expediente N° CNE 841/2014, que tramita por ante este Tribunal se ha dictado la siguiente Resolución N° 41/2018: "Viedma, 10 de diciembre de 2018. AUTOS Y VISTOS:\u2026 RESULTA: \u2026 CONSIDERANDO: \u2026RESUELVO: I) Aprobar las reformas efectuadas a los arts. 1, 13, 17 inc. c) y o), 19, 29, 34, 36, 50 inc. c), 54, 64 y 65 de la Carta Orgánica del partido Izquierda por Una Opción Socialista por el Congreso partidario en sus Actas de fechas 25/08/2018 y 20/10/2018 que remite en su parte pertinente a la labrada por ese máximo órgano el 22/03/2017. II) Publíquese por el término de un (1) en el Boletín Oficial de la República Argentina junto con el texto ordenado de la Carta Orgánica que mediante la presente se aprueba, certificado por Secretaría, ello firme que se encuentre la presente. Regístrese, notifíquese por cédula electrónica a los apoderados partidarios y al Ministerio Público Fiscal en su despacho, actualícese el legajo partidario y comuníquese en los términos de lo establecido por el art. 6to. inc. b) del Decreto Nacional Nº 937/2010 a la Excma. Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral." -Fdo. Mirta Susana Filipuzzi \u2013 Juez Federal. Secretaría Electoral Nacional, 20 de diciembre de 2018.- IZQUIERDA POR UNA OPCION SOCIALISTA CARTA ORGANICA I 1 - El presente estatuto constituye la Carta Orgánica del partido Izquierda por una opción Socialista. EI partido izquierda por una opción Socialista es una organización política del Distrito Electoral Rio Negro. Integran el partido Izquierda por una opción Socialista, los/as afiliados/as que acepten sus Principios, Bases de acción política, la presente Carta Orgánica y que someten su accionar a la Constitución Nacional, Constituciones Provinciales, a las leyes orgánicas de los partidos políticos nacionales o provinciales, a la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, a la Ley de Paridad de Género, Códigos Electorales y demás leyes y decretos que las reglamenten en las distintas jurisdicciones territoriales II DE LOS AFILIADOS 2.- Para afiliarse al partido Izquierda por una opción Socialista se requiere a) Estar domiciliado/a en Rio Negro. b) Aceptar en forma expresa su Declaración de Principios, Bases de acción política, la presente Carta Orgánica y las leyes orgánicas de los partidos políticos (nacional y provincial) y sus reglamentaciones, documentación que estará a su disposición. c) Tener oficio, profesión o actividad honesta. 3.- Para afiliarse deberá presentar la solicitud y cumplimentar la ficha de afiliación reglamentada por la autoridad competente. La presentación podrá efectuarse personalmente o de acuerdo a otras formas dispuestas en la legislación vigente. 4.- La solicitud de afiliación será tratada por las autoridades partidarias que establezca la presente Carta Orgánica, para su aprobación. En caso de no mediar resolución expresa, cumplido los plazos establecidos por la legislación vigente -15 días hábiles desde su presentación-, la solicitud se considerará aceptada. En caso de denegación, la/el interesada/o podrá recurrir al Congreso Partidario. La antigüedad de afiliación se considera desde la fecha de aceptación expresa o tácita de las autoridades partidarias, o en su caso del Congreso Partidario. 5.- El registro de afiliados/as permanecerá abierto todo el año. 6.- La afiliación se extingue: a) Por renuncia. b) Por expulsión debida al incumplimiento o violación de lo dispuesto en la presente Carta Orgánica. c) Por la extinción del Partido. d) Por violación de lo dispuesto en los artículos 21 y/o 24 de la ley 23.298. Debiendo cursarse comunicación al juez federal con competencia electoral en los casos que corresponda. 7 - Toda renuncia presentada se considerará aceptada sí en el término de 90 días no se expiden los Organismos Partidarios correspondientes. 8 Todos/as los/as afiliados/as tienen las siguientes obligaciones: a) Difundir el pensamiento y la doctrina del Partido. b) Efectuar contribuciones para el sostenimiento del Partido de acuerdo a sus posibilidades. c) Participar en las actividades partidarias y asistir a las reuniones. 9.- A los/as afiliados/as les esta expresamente prohibido: a) Atribuirse indebidamente la representación del Partido, de otros/as afiliados/as o de los Organismos Partidarios. b) Ejercer mas de un cargo en los Organismos Partidarios, salvo que fuera en el orden provincial y nacional, o sea en el Partido de Distrito provincial y en el nacional, en su caso. 10.- Los/as afiliados/as tienen los siguientes derechos: a) Participar en las Asambleas de los Organismos Partidarios b) Ser electores/as de todas las autoridades partidarias cuando tuvieran la antigüedad en la afiliación mínima requerida para ello. c) Postularse para integrar los organismos de dirección, cuando tuvieran la...

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