IZQUIERDA POR UNA OPCIÓN SOCIALISTA Distrito Río Negro

Fecha de disposición14 Junio 2017
Fecha de publicación14 Junio 2017
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

IZQUIERDA POR UNA OPCIÓN SOCIALISTA

Distrito Río Negro

El Juzgado Federal con competencia electoral de Río Negro, hace saber que en los autos caratulados: "IZQUIERDA POR UNA OPCION SOCIALISTA s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO" expediente N° CNE 841/2014 se dictó la Resolución N° 6 por la que se concedió a esa agrupación personalidad jurídica política definitiva (art 7 bis de la Ley 23298) para actuar como partido político en el Distrito de Río Negro, con el nombre "IZQUIERDA POR UNA OPCION SOCIALISTA" registrando el número de identificación 61 -orden nacional- y el número 168 en el orden distrital, junto con la nómina de las primeras autoridades constituidas, se publica por un (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina, en los términos del art. 60 de la citada ley del art. 15 de su decreto reglamentario N° 937/2010. Secretaría Electoral Nacional, 6 de junio de 2017. Fdo. Dra. MARIA SILVINA GUTIERREZ -PROSECRETARIA ELECTORAL NACIONAL- DISTRITO RIO NEGRO. Viedma, 22 de mayo de 2017. AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones caratuladas: "IZQUIERDA POR UNA OPCION SOCIALISTA s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO" que tramitan por el expediente. N° CNE "841", año 2014 de las que, RESULTA: Que mediante Resolución N° 47/2015 de fecha 25-02-2015, que obra glosada a fs. 433/436, se otorgó a la agrupación política de autos personalidad jurídico política provisoria (art. 7 de la Ley N° 23298) y el derecho al uso exclusivo del nombre "IZQUIERDA POR UNA OPCION SOCIALISTA" bajo la Declaración de Principios y Bases de Acción Política de fs. 6/10 y la Carta Orgánica de fs. 94/97. Que a fs. 442 y 451 se habilitó la rúbrica de los libros exigidos por el art. 37 de la citada ley y por el art. 21 de la Ley N° 26215, obrando a fs. 442 vla y a fs. 451 vlta la constancia de retiro del libro de Actas y Resoluciones del Congreso (en el que por el art. 42 del estatuto deben protocolizarse las resoluciones del órgano Comité Ejecutivo -órgano ejecutivo del Congreso-) y de los libros contables de Inventario y Balances, Caja y Diario. Que a fs. 457 se informó la registración del mínimo de 2055 afiliaciones requerido en el inciso a) del precitado art. 7 bis por lo que a fs. 458 se ordenó la grabación del estado del Registro de Afiliados al partido de autos para la realización de las primeras elecciones internas, constando a fs. 466, en atención al vencimiento del plazo fijado en el inciso b) de esa misma norma, la intimación formulada a la Izquierda por una Opción Socialista para que comunicase su convocatoria. Que a fs. 468 se tuvo por realizado ese llamado electoral -que fue decidido por acta del 12/11/2016 de la Junta Promotora y publicado en la página 11 del Diario Río Negro del 23/11/2016-, comunicación con la que se formó el Expte. N° CNE 8755/2016 caratulado "Izquierda por una Opción Socialista s/elecciones internas de autoridades partidarias del 21/01/2017 - Congreso, Comité Central, Comisión de Disciplina y Comisión Fiscalizadora" todas las cuales por el art. 45 de la Carta Orgánica deben ser elegidas por el voto directo y secreto de los afiliados, teniendo su mandato una duración de cuatro (4) años. Que de las referenciadas actuaciones surge que: 1) en esa misma acta (agregada a fs. 2) y en su rectificatoria (obrante a fs. 17) se designó la Junta Electoral que intervino en el proceso electivo así convocado que fue registrada a fs. 22; 2) a fs. 30 se tuvo por cumplida la entrega de los padrones de la elección certificados por ese órgano ordenada en el noveno párrafo del proveído de fs. 10 y vlta en los términos del art. 27 de la Ley 23298; 3) por el acta de la Junta Electoral del 22/12/2016 -aportada el 6 /2/2017- se proclamaron las primeras autoridades del partido surgidas de la única lista oficializada (ver fs. 31/32 de los citados actuados), las que en el marco del control -ejecutado de acuerdo a las previsiones de la Acordada N° 40/2013- resultaron observadas (ver informe a fs. 34/47); 4) como consecuencia de las objeciones planteadas a través del Dictamen N° 26/2017 respecto de la integración de sus órganos partidarios (a) del Congreso (compuesto por cinco titulares y un suplente) con cuatro autoridades titulares no afiliadas y la quinta sin antecedentes con el N° de DNI aportado (ver fs. 34, 39 y 41); b) del Comité Central con dos de sus titulares uno afiliado a otro partido y la restante sin antecedentes (ver fs. 35 y 41); c) de la Comisión de Disciplina con dos de sus tres miembros no afiliados (ver fs. 36 y 39) y d) de la Comisión Fiscalizadora con la totalidad de sus integrantes sin afiliación política (ver fs. 37 y 39)), en contestación al requerimiento practicado por este juzgado, se regularizaron las situaciones observadas y mediante el acta del 8/4/2017 la Junta Electoral partidaria aprobó la nómina definitiva de autoridades (ver fs. 69) y 5) finalmente, mediante el Dictamen N° 69/2017 expedido el pasado 10/5/2017, a fs. 80 de las referenciadas actuaciones, la Fiscalía Federal, aconsejó tomar razón del resultado de esos comicios internos de constitución de las primeras autoridades, todas las cuales -según el último informe actuarial de fs. 72/79- registran afiliación al partido de autos, respetando cada órgano el porcentaje mínimo por sexo establecido en la Ley N° 24012 que requiere el art. 3 inc. b) de la Ley Orgánica de Partidos Políticos. Que consecuentemente a fs. 505 se corrió vista al Ministerio Público Fiscal para que se expida si están reunidas las condiciones exigidas por el art. 7 bis citado, para su reconocimiento definitivo. Que a fs. 506 se agregó el Dictamen Fiscal N° 72/2017 expedido por el Sr. Fiscal Subrogante, Marcos Escandell, quien entiende que la condición establecida en el art. 7 bis inc. b) de la Ley 23298 depende de la finalización del trámite de "toma de razón de las autoridades", aditando que cuando la misma proceda "no tendría objeciones que formular al otorgamiento de la personería jurídico política definitiva en este Distrito al partido de autos en formación". Que con fecha 18/5/2017 la Fiscalía Federal se notificó de la procedencia del registro de las autoridades partidarias que se dispuso a fs. 81 del mencionado Expte. N° CNE 8755/2016, ello de acuerdo con su mencionado dictamen favorable de fs. 80 producto del último informe de Secretaría de fs. 72/79 en el que se constató la total subsanación de las observaciones que obstaban al reconocimiento de las autoridades proclamadas. Que consecuentemente, teniendo en cuenta que a fs. 503 se tuvo presente -para la oportunidad de dictado de sentencia en autos- la ejecución del control de legalidad respecto de las reformas que fueron introducidas al texto de la Carta Orgánica por el Congreso reunido el 22/3/2017 (ver acta a fs. 488/489 de autos y nuevo texto...

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