IZQUIERDA AL FRENTE POR EL SOCIALISMO Distrito Río Negro

Fecha de disposición10 Julio 2017
Fecha de publicación10 Julio 2017
SecciónSociedades,PARTIDOS POLITICOS

IZQUIERDA AL FRENTE POR EL SOCIALISMO

Distrito Río Negro

El Juzgado Federal con competencia electoral de Río Negro, hace saber que en los autos caratulados: "IZQUIERDA AL FRENTE POR EL SOCIALISMO s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL - Elecciones Primarias y Generales año 2017" expediente N° CNE 5187/2017, que tramita por ante este Tribunal se ha dictado la siguiente Resolución N° 12 "Viedma, 23 de junio de 2017.- AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones caratuladas: "IZQUIERDA AL FRENTE POR EL SOCIALISMO s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL - Elecciones Primarias y Generales año 2017" que tramitan por el expte. N° CNE "5187", año 2017 de las que, RESULTA: Que a fs. 19 se presentan María Celeste Fierro y Juan Facundo Maceira en el carácter de apoderados comunes de la alianza electoral transitoria cuyo reconocimiento bajo el nombre "IZQUIERDA AL FRENTE POR EL SOCIALISMO" solicitan en los términos del art. 10 de la Ley 23298, para participar en las elecciones nacionales convocadas por el Decreto Nacional Nº 227/2017. Que a fs. 63 se tiene por presentados a los Sres. Presidentes del Movimiento Socialista de los Trabajadores y del Movimiento al Socialismo y en contestación al requerimiento de fs. 49 acompañan la documentación que obra glosada a fs. 51/61 y con aval en ella se tiene por solicitado, dentro del plazo establecido por el art. 10 de la Ley 23298 el trámite de reconocimiento de la alianza electoral transitoria "Izquierda al Frente por el Socialismo", acordada por los partidos de este Distrito Movimiento Socialista de los Trabajadores y Movimiento al Socialismo para participar en las elecciones primarias del 13/08/2017 y en las generales del 22/10/2017, de acuerdo al acta de su constitución de fecha 15/06/2017 (fs. 51/52) y sus Anexos aprobados en la Claúsula cuarta de dicha acta: Anexo A con la Plataforma Electoral sancionada (fs. 55/58), Anexo B que contiene el Reglamento de la Junta electoral (fs. 53/54), Anexo C con la distribución de fondos (fs. 59), Anexo D con la Integración de Listas (fs. 60) y Anexo E ordenamiento de Listas (fs. 61), documentación toda suscripta por los Presidentes de los mencionados partidos distritales, quienes ratificaron sus firmas bajo certificación de la actuaria en cada instrumento. Que en su consecuencia en el mismo despacho inicial se ordenó, a los efectos establecidos por los artículos 14 y 38 de la precitada norma legal, la notificación al Sr. Fiscal Federal Subrogante en su despacho y por cédula electrónica a los apoderados de los partidos políticos con reconocimiento provisorio y definitivo en el Distrito Río Negro, de la denominación (adoptada el 15/06/2017) por la nueva entidad y por los partidos distritales que la integran, como también su publicación en carácter de urgente, por tres (3) días en el Boletín Oficial de la República Argentina. Que a fs. 67/68 obra el edicto confeccionado por Secretaría, el cual quedó publicado en los ejemplares del Boletín Oficial de la República Argentina Nºs 33.648, 33.649 y 33.650 correspondientes a los días 19, 21 y 22 de junio de 2017, que se incorporaron a fs. 139, 140 y 174 respectivamente. Que ante el inminente vencimiento del plazo establecido en el art. 26 de la Ley 26571 para presentar listas de precandidatos, en el mismo proveído se fijó la fecha de celebración de la audiencia que prescribe el art. 62 de la Ley 23298, para el miércoles 21 de junio, incorporándose a fs. 65 las cédulas electrónicas de convocatoria a los partidos políticos con reconocimiento provisoria y definitivo en el Distrito y a fs. 69 la constancia de la notificación practicada en el despacho del Sr. Fiscal Federal Subrogante. Que por el sistema de Oficios DEO se comunicó a las demás Secretarías Electorales del país el número del expediente de inicio del trámite de reconocimiento de la alianza de autos, su integración y la fecha, hora y lugar fijados para la celebración de dicha audiencia, a los fines de su oportuna puesta en conocimiento de las agrupaciones políticas que pudieren tener algún interés legítimo para formular observaciones en ese acto (fs. 70/92). Que a fs. 35 se agregó la constancia de inmediata inscripción del presente trámite en el Sistema de Registro Nacional de Agrupaciones Políticas y a fs. 169/170 el acta de fecha 21/06/2017 dando cuenta de la celebración de la audiencia prescripta por el referenciado art. 62, de la que surge que en el curso de ese comparendo verbal los apoderados de la alianza Frente de Izquierda y de los Trabajadores FIT ratificaron, ampliando con el escrito de fs. 166/168 ingresado a las 9:00 hs., la oposición que también articularon los representantes del Partido de Trabajadores por el Socialismo Orden Nacional con el escrito de fs. 109/116 en relación a la denominación pretendida por la entidad de autos, más no respecto de su reconocimiento como alianza transitoria para compulsar en los comicios a celebrarse el presente año. Que en acreditación de los requisitos exigidos en los incisos del art. 10, de la citada Ley 23298, del acta constitutiva de la alianza de autos e instrumentos anexos que forman parte integrante de la misma y los que la complementan, surge: 1) La constitución del domicilio central en J J Biedma 217 de la ciudad de Viedma. 2) La conformación de esa alianza para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del 13/08/2017 y para las elecciones generales del 22/10/2017 entre los partidos Movimiento Socialista de los Trabajadores y Movimiento al Socialismo, ambos con personería jurídico política definitiva vigente en el Distrito Río Negro. 3) La designación de la "Mesa Ejecutiva", como órgano de gobierno de la alianza, integrada por dos representantes de cada partido miembro con un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente y dos (2) vocales. 4) la sanción de la Plataforma Electoral (Anexo A aprobada en la cláusula Cuarta del acta), que se tuvo presente a los efectos previstos en el art. 22 de la Ley 23298 y en la Acordada Nº 58/2002 CNE (publicación en el sitio de Internet puesto a disposición del Poder Judicial de la Nación al fuero electoral http://www.pjn.gov.ar). 5) La designación como apoderados comunes de María Celeste Fierro y de Margarita Soledad Díaz en representación del Movimiento Socialista de los Trabajadores y de Juan Facundo Maceira, Aurelio Vázquez y Jorge Oscar Fochezato por el Movimiento al Socialista, facultados a actuar, indistintamente, en forma individual o conjunta -cláusulas Novena y Sexta- para los actos consignados en la citada cláusula Novena del acta constitutiva. 6) la aprobación del acuerdo financiero y de distribución de aportes del fondo partidario permanente y de los demás establecidos en el Anexo C, conforme cláusula Cuarta del acta constitutiva. 7) La designación de Margarita Soledad Díaz (MI 32.928.527) y de Aurelio Vázquez (MI 10.558.369) como responsables económicos financieros en los términos del art. 31 de la ley 26215. 8) La constitución de la Junta electoral de la alianza con tres (3) miembros titulares afiliados (según los reportes emitidos por el SIE glosados a fs. 40/42), con domicilio en la calle JJ Biedma 217 de Viedma (cláusula Decima y Reglamento de la Junta Electoral) y con los demás datos acerca de su funcionamiento que surgen establecidos en el Reglamento Electoral, en cumplimiento de las comunicaciones exigidas por el art. 2 del Decreto nº 443/2011 (con la modificación introducida por el Decreto Nº 776/2015). 9) la aprobación del Reglamento Electoral (cláusula Cuarta del acta...

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