GRUPO COHEN S.A.

Fecha de la disposición10 de Marzo de 2017

GRUPO COHEN S.A.

En cumplimiento del artículo 10 de la Ley N° 23.576 de Obligaciones Negociables y modificatorias, por el presente GRUPO COHEN S.A. (la "Sociedad"), constituida el 13 de abril de 2005 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un plazo de duración hasta el 19 de abril de 2104, inscripta ante la Inspección General de Justicia, bajo el número de registro 4861 Libro 27, Tomo de Sociedades por Acciones, con domicilio en 25 de Mayo 195, piso 7º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informa que ha resuelto mediante Asamblea de Accionistas de fecha 31 de enero de 2017 prorrogar la duración del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables de la Sociedad, oportunamente aprobado por Asamblea de Accionistas de fecha 21 de diciembre de 2010 (el "Programa"). De acuerdo a lo dispuesto por el Acta de Directorio de fecha 22 de diciembre de 2010 que fijara los términos y condiciones de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa (las "Obligaciones Negociables"), las Obligaciones Negociables constituirán "obligaciones negociables" en los términos de la Ley N° 23.576 de Obligaciones Negociables y serán obligaciones simples, no convertibles en acciones, incondicionales y no subordinadas, con o sin garantía según se especifique en los suplementos de precio correspondientes, a emitirse en una o más series y/o clases en cualquier momento durante la vigencia del Programa, que es de cinco años contados a partir de la fecha de autorización de la Comisión Nacional de Valores (la "CNV") más la prórroga de cinco años dispuesta por la Asamblea de Accionistas de fecha 31 de enero de 2017 a partir de su aprobación por la CNV. El monto de las Obligaciones Negociables podrá ser de hasta US$ 10.000.000 (dólares estadounidenses diez millones) (o su equivalente en otras monedas) en circulación en cualquier momento; la moneda en la cual se emitirán será en pesos, en dólares estadounidenses o en cualquier otra moneda extranjera, según se especifique en los suplementos de precio correspondientes. Los plazos y las formas de amortización de las Obligaciones Negociables serán los que se especifiquen en los suplementos de precio correspondientes. Los plazos serán siempre dentro de los plazos mínimos y máximos que permitan las leyes vigentes. Las Obligaciones Negociables podrán: (i) devengar intereses a la tasa de interés o fórmula para tasas de interés que se establezcan en los suplementos de precio correspondientes; salvo que los suplementos de...

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