GPAT COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

Fecha de la disposición24 de Abril de 2017

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OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE XXVII Conforme al artículo 10 ley 23.576 se hace saber que por reunión de directorio del 15-02-17 se aprobó la emisión de las obligaciones negociables serie XXVII ("ON") bajo el Programa Global de Obligaciones Negociables por hasta $ 3.000.000.000 (el "Programa"), conforme a las siguientes condiciones, complementadas con las establecidas en el Suplemento de Prospecto a publicar en el/los sistemas de información de el/los mercado/s donde las ON se listen y en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.cnv.gob.ar) (el "Suplemento de Prospecto"). Condiciones comunes de emisión de las ON Serie XXVII Clase A y Clase B: Monto: hasta $ 200.000.000 ampliable hasta $ 400.000.000. Interés: En concepto de interés devengarán una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de la Referencia más un Diferencial de Tasa a licitarse durante el Período de Colocación. Los intereses se devengarán entre la Fecha de Integración (inclusive) y la primera Fecha de Pago de Servicios (exclusive) \u2013 para el primer servicio- y entre la última Fecha de Pago de Servicios (inclusive) y la próxima Fecha de Pago de Servicios (exclusive) -para los restantes (el "Periodo de Interés") y se pagarán en cada Fecha de Pago de Servicios. El interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor nominal residual de las ONs Serie XXVII) al inicio de cada Período de Interés por la cantidad de días de cada Período de Interés, considerando para su cálculo 365 días. Los Servicios de interés se pagarán trimestralmente. Pagos de Servicios: Los intereses y amortización ("Servicios") serán pagaderos en las fechas de pago de Servicios indicadas en el Aviso de Colocación o en el Aviso de Resultado de Colocación (las "Fechas de Pago de Servicios"). Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente Día Hábil sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento, salvo que la Fecha de Vencimiento sea un día inhábil, en dicho caso se devengarán intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por "Día Hábil" cualquier día lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en la...

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