GEOPARK ARGENTINA LIMITED

Fecha de disposición13 Diciembre 2018
Fecha de publicación13 Diciembre 2018
SecciónSociedades,REFORMA OTRAS SOCIEDADES

GEOPARK ARGENTINA LIMITED

TRASLADO DE DOMICILIO. ADECUACIÓN A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 19.550. GEOPARK ARGENTINA LIMITED, CUIT 30-64255527-4, sociedad (i) constituida en Bermudas el día 3/7/1989 e inscripta en el Registro de Sociedades bajo el número EC14790 e (ii) inscripta en la Inspección General de Justicia ("IGJ") bajo los términos del art. 118 Ley 19.550 el 19/11/1990, N° 390, Libro 52 Tomo B de Estatutos Extranjeros; comunica que por Resoluciones del Socio Único y Unánime de Directorio ambas del 5/11/2018 resolvió trasladar su domicilio desde Bermudas a la República Argentina, conforme el artículo 91 de la Res. IGJ 07/2015. Escritura pública N° 3.137 de fecha 5/12/2018, F° 11.414, Reg. 501 adoptando el tipo social de Sociedad Anónima Unipersonal, reconocido por las leyes Argentinas; DENOMINACIÓN: GEOPARK ARGENTINA S.A.U. (continuadora de GEOPARK ARGENTINA LIMITED); ACCIONISTA: GEOPARK LIMITED, sociedad constituida en el extranjero inscripta en la IGJ en los términos del Artículo 123 Ley 19.550 el 8/11/2018, N° 1736, Libro 62, tomo B, de Sociedades constituidas en el extranjero, con domicilio en Florida 981, 1° piso, C.A.B.A.; DURACIÓN: 99 años; OBJETO: llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, a) el estudio, la exploración y la explotación de yacimientos de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y de cualquier otra sustancia encontrada o producida, sus derivados directos e indirectos, incluyendo también productos petroquímicos, químicos derivados o no de hidrocarburos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, así como la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, a cuyo efecto podrá elaborarlos, utilizarlos, comprarlos, venderlos, permutarlos, importarlos o exportarlos, b) el armado, construcción, operación y servicio tierra adentro o costa afuera de equipos e instalaciones de perforación, producción, procesamiento o refinación, y de cualquier otra estructura de perforación relacionada con actividades en el área de los hidrocarburos, gas, petroquímicos y minería; c) la obtención de propiedades hidrocarburíferas o mineras, y la venta, alquiler e intercambio de dichos bienes; d) provisión de servicios técnicos y/o de asesoramiento en relación a las actividades arriba mencionadas, previa solicitud de las licencias...

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