GAZCON 1429 S.A.

Fecha de disposición01 Diciembre 2017
Fecha de publicación01 Diciembre 2017

GAZCON 1429 S.A.

IGJ Nº 203727. Se hace saber que mediante Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 19/10/17 la sociedad ha resuelto aumentar el capital social de $ 0,0012 a la suma de $ 1.000.000, mediante aportes suscriptos e integrados por los socios en proporción a sus tenencias accionarias, cancelar las acciones en circulación y emitir 1.000.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1000 cada una y con derecho a un voto por acción. Asimismo, la Sociedad ha resuelto modificar los artículos primero, cuarto, quinto, octavo y noveno del estatuto social, que quedan redactados de la siguiente manera: "ARTICULO PRIMERO: La denominación de la sociedad es "GAZCON 1429 S.A.". Tiene su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires. Podrá establecer, por resolución del Directorio, sucursales, agencias o representaciones, en cualquier punto del país o del extranjero. Tiene por OBJETO dedicarse por cuenta propia o asociada a terceros, a las siguientes actividades: a) Constructora: Construcción de todo tipo de obras, publicas ó privadas, a través de contrataciones directas &o licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería ó arquitectura. b) Operaciones inmobiliarias: compra-venta, permuta, alquiler, arrendamiento y administración de propiedades inmuebles, y en fin toda clase de operaciones inmobiliarias. Garage: explotación de espacios destinados a la guarda de automóviles y rodados en general. C) También podrá dedicarse a la explotación de servicios de lavado, engrase y mantenimiento de automotores y a la comercialización de combustibles, aceites y lubricantes para vehículos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. EL CIERRE DEL EJERCICIO SOCIAL es el día 30 de setiembre de cada año. ARTICULO CUARTO: El capital social es de un millón de PESOS ($ 1.000.000,00), representado por 1.000 (mil) acciones de valor nominal un mil pesos ($ 1.000,00) cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el Quíntuplo conforme lo determina el artículo 188 de la Ley 19.550, pudiendo ésta delegar en el Directorio la época de su emisión, forma y condiciones de pago. ARTÍCULO QUINTO: Las acciones serán ordinarias nominativas, no endosables con derecho a un voto cada acción. La...

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