FORESTAL NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN S.A.

Fecha de disposición29 Noviembre 2016
Fecha de publicación29 Noviembre 2016

FORESTAL NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN S.A.

Comunica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 04/05/2011 se resolvió: (i) modificar los artículos octavo, décimo y décimo primero del estatuto social, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Artículo octavo: La fiscalización de la Sociedad está a cargo de una Comisión Fiscalizadora integrada por tres síndicos titulares y tres suplentes elegidos por la Asamblea por el término de tres años. Los síndicos suplentes, en el orden de su elección o en cualquier otra forma que determine la Asamblea que los designe, reemplazarán a los titulares en caso de ausencia o impedimento de éstos. De entre los miembros titulares se elegirá el Presidente de la Comisión. La Comisión funcionará, previa citación de sus miembros, con la presencia de dos de ellos y adoptará sus resoluciones por mayoría de votos, sin perjuicio de los derechos, atribuciones y deberes conferidos al síndico disidente por el artículo 290 de la ley 19.550. El Presidente representará a la Comisión frente a la Asamblea y el Directorio; Artículo décimo: El ejercicio social cierra el 31 de diciembre de cada año. A esta fecha, se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea podrá modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas serán destinadas: a) cinco por ciento hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de reserva legal; b) a remuneración del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora en el monto que la Asamblea determine; c) A dividendos...

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