CREDITO DIRECTO S.A.

Fecha de la disposición28 de Marzo de 2017

CREDITO DIRECTO S.A.

Con fecha 23/03/2017, CRÉDITO DIRECTO S.A.; BANCO MARIVA S.A., como agente administrativo, y BANCO MARIVA S.A., BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, BANCO DE LA PAMPA S.E.M. y BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN S.A. como bancos acreedores (los "BANCOS"), celebraron un préstamo sindicado por $ 50.000.000 (el "CONTRATO DE PRÉSTAMO" o el "PRÉSTAMO") y a fin de garantizar el cumplimiento en tiempo y forma de la totalidad de las obligaciones de pago asumidas por CRÉDITO DIRECTO S.A. (el "CEDENTE") bajo el PRÉSTAMO, CRÉDITO DIRECTO S.A. ha acordado ceder con fines de garantía a BANCO MARIVA S.A. (el "CESIONARIO"), como agente administrativo y en beneficio de los BANCOS, conforme lo establecido en el CONTRATO DE PRÉSTAMO y en un monto que resulte suficiente para garantizar las obligaciones garantizadas, los derechos de cobro que posee contra los tomadores de créditos bajo los contratos de préstamos personales (los "DEUDORES CEDIDOS"), cuyos pagos son percibidos por BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. en su carácter de agente de cobro, por intermedio de los AGENTES DE RECAUDACIÓN, conforme se detallan en el CD adjunto al contrato de cesión en garantía (el "CONTRATO DE CESIÓN EN GARANTÍA"). La presente importa notificación en los términos del artículo 1615 del Código Civil y Comercial de la Nación a favor de los BANCOS. De conformidad con lo expresamente previsto en el contrato de referencia se les hace saber a los DEUDORES CEDIDOS que deberán continuar realizando los pagos directamente al CEDENTE. Sin perjuicio de ello, el CESIONARIO podrá, en caso de verificarse un supuesto de incumplimiento por parte del...

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