Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 18 de Septiembre de 2017, expediente CFP 015168/2016/1/CA001

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 15168/2016/1/CA1 CCCF-SALA 2 CFP 15168/2016/CA1 “P.C., R.D.

y otros s/procesamiento”

J.. Fed. N° 6 S.. N° 12 Buenos Aires, 18 de septiembre de 2017.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La Dra. F.G.P., a cargo de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales, interpuso recurso de apelación contra el auto de fs.419/29 del ppal., a través del cual el Sr.

    Juez de grado decretó: a) el procesamiento sin prisión preventiva de R. D. P.

    C. por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos previstos y reprimidos en los incisos “b” y “d” del art. 31 de la ley 22.362, los cuales concurren en forma ideal b) el procesamiento sin prisión preventiva de R.

    E. R. A., D.J.M.G. y D.K.C.S. por considerarlos autores penalmente responsables del delito previsto y reprimido en el inciso “d” del art. 31 de la ley 22.362 c) el procesamiento sin prisión preventiva de A.C.G. por considerarlo cómplice necesario penalmente responsable del delito previsto y reprimido en el inciso “d” del art. 31 de la ley 22.362.

  2. Se iniciaron las actuaciones a raíz de la detención de R.D.P.C. y A.C.G. llevada a cabo el día 15 de octubre del 2016 mientras se encontraban transportando dos bolsas de consorcio hacia un vehículo. Según el acta de secuestro contenían cuarenta y tres pares de zapatillas con inscripciones correspondientes a la marca “VANS” que, conforme el peritaje realizado, son de carácter apócrifo (fs. 51/53vta).

    Ello, sumado a los testimonios agregados del expediente 14746/16 que describen la detención de A.C.G. en circunstancias semejantes cinco días antes, motivó la realización de tareas de inteligencia sobre el domicilio de P.C. sito en la calle F. al 9.

    -casa 11, manzana 9- de “V.F.” y posteriormente en el local 113 de la galería “Smart Go” de la calle B. 2. del cual, según lo informado por la AFIP a fs.115/8, el nombrado es responsable. Durante la realización de dichas tareas, se pudo determinar la existencia de un segundo local (A16)

    de similares características ubicado en la calle B. 2. dentro de la galería “Smart Bogotá”.

    Fecha de firma: 18/09/2017 Alta en sistema: 21/09/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: N.A.P., S. de Camara #30313407#188675765#20170918113645694 Con fecha 8 de marzo de 2017, se allanaron los domicilios mencionados, lo que llevó al secuestro de zapatillas de las marcas “Vans”, “DC”, “Nike”...

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