BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A.

Fecha de disposición10 Marzo 2016
Fecha de publicación10 Marzo 2016
SecciónBalances

BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A.

Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 1.670.303

NOTAS AL ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL CONSOLIDADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 (CIFRAS EXPRESADAS EN MILES DE PESOS)

Nota 1 - BASES Y CRITERIOS DE EXPOSICION DE LOS PRESENTES ESTADOS CONTABLES

Los estados contables consolidados presentados como información complementaria han sido preparados de acuerdo con los criterios de consolidación establecidos por las Comunicaciones "A" 2227 y 2349 del Banco Central de la República Argentina a efectos de su presentación a dicho ente de contralor. Dichos estados fueron preparados siguiendo los lineamientos mencionados en la Nota 6.1 a los estados contables básicos. El Directorio de Banco de Servicios y Transacciones S.A. considera que no existen otras sociedades que deban ser incluidas en los "Estados Consolidados" al 31 de diciembre de 2015 y 2014.

Nota 2 - CRITERIOS CONTABLES APLICADOS

Las notas a los estados contables consolidados deben leerse conjuntamente con las notas a los estados contables básicos. A los efectos de informar los criterios contables aplicados nos remitimos a las notas de los siguientes estados contables:

Los estados contables de todos los integrantes del ente consolidado han sido preparados aplicando las mismas normas contables relacionadas con el reconocimiento y medición contable de activos, pasivos y resultados, excepto por lo mencionado en la Nota 4 de los presentes estados contables consolidados. En el proceso de consolidación se han eliminado los saldos y las transacciones efectuadas entre las sociedades.

Nota 3 - BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA CONSOLIDADOS

Nota 4 - DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS CONTABLES DEL B.C.R.A. Y LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES VIGENTES EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Tal como se menciona en la Nota 10 a los estados contables individuales, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), mediante su resolución CD N° 93/05 adoptó las Resoluciones Técnicas (R.T.) e Interpretaciones de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) con las modificaciones introducidas por ese organismo hasta el 1 de abril de 2005. Por su parte la Comisión Nacional de Valores mediante las Resoluciones Generales 485/2005 y 187/2006 adoptó el mencionado juego de normas con ciertas modificaciones. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, el B.C.R.A. ha incorporado parcialmente las mencionadas disposiciones en sus normas contables. Por tal motivo la Entidad ha confeccionado sus estados contables individuales, utilizados para la consolidación, sin contemplar ciertos criterios de valuación incorporados por las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las principales diferencias entre las normas contables del B.C.R.A. y las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se detallan a continuación: 4.1. Instrumentos registrados a costo más rendimiento Al 31 de diciembre de 2015 la Entidad mantenía registradas en el rubro "Tenencias a costo más rendimiento" títulos de deuda pública valuadas a su valor de costo de incorporación acrecentado en forma exponencial por su tasa estimada de retorno al cierre. De acuerdo con las NCP, estos activos deben valuarse a su valor corriente. Al 31 de diciembre de 2015, dichas diferencias no resultan significativas. A su vez, al 31 de diciembre de 2014, no existían este tipo de inversiones. 4.2. Impuesto diferido La Resolución Técnica N° 17 establece que el reconocimiento del impuesto a las ganancias debe efectuarse por el método del impuesto diferido y, consecuentemente, reconocer activos o pasivos calculados sobre las diferencias temporarias mencionadas precedentemente. Adicionalmente, deberían reconocerse como activos diferidos, en la medida que se consideren recuperables, los quebrantos impositivos o créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras. La principal diferencia entre las normas contables del B.C.R.A. y las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que afecta los presentes estados contables consolidados es que la Entidad determina el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente sobre la utilidad impositiva estimada del ejercicio y del ejercicio, sin considerar el efecto de los quebrantos impositivos o créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, ni de las diferencias temporarias entre la valuación contable e impositiva de los activos y pasivos de la Entidad, mientras que BST Asset Management Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. aplica el método del impuesto diferido antes mencionado. De haberse aplicado las normas contables profesionales, el patrimonio neto de la Entidad al 31 de diciembre de 2015 y 2014, hubiera disminuido aproximadamente miles de $ 5.108 y miles de $ 2.062, respectivamente; mientras que el resultado del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 y 2014 hubiera disminuido en miles de $ 3.046 y miles de $ 7.498, respectivamente. Anexo B

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 PRESENTADAS EN FORMA COMPARATIVA - (CIFRAS EXPRESADAS EN MILES DE PESOS)

Nota 1 - BASES DE PRESENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES

Los presentes estados contables exponen cifras expresadas en miles de pesos de acuerdo con lo requerido por la norma CONAU 1-349 del Banco Central de la República Argentina (Comunicación "A" 3147 y complementarias). La Entidad ha preparado los estados contables de acuerdo con las normas contables para entidades financieras establecidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) y de acuerdo con las normas contables profesionales excepto por lo indicado en la Nota 10. Las normas contables más relevantes aplicadas en la preparación de los presentes estados contables son: 1.1) Unidad de medida De acuerdo con las disposiciones establecidas por el Decreto N° 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional, la Comunicación "A" 3921 del B.C.R.A., la Resolución General N° 441/2003 y modificatorias de la Comisión Nacional de Valores (CNV), y la Resolución General N° 4/2003 de la Inspección General de Justicia (IGJ), la Entidad no aplica mecanismos de reexpresión de estados contables a partir del 1 de marzo de 2003. Por su parte, las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecen, a través de la Resolución Técnica N° 39 y su normativa técnica complementaria (conjuntamente, la "RT 39"), la necesidad de reexpresar los estados contables para reflejar los cambios en el poder adquisitivo de la moneda a partir de la existencia o no de un contexto de inflación. Para definir la existencia de un contexto de inflación se fija una pauta cuantitativa como indicador clave y condición necesaria para reexpresar las cifras de los estados contables, la cual consiste en que la tasa acumulada de inflación en tres años, considerando el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), alcance o sobrepase el 100%. La RT 39 proporciona además una serie de pautas cualitativas que serían de utilidad para determinar si corresponde efectuar la referida reexpresión en un escenario en que existiera ausencia prolongada de un índice oficial de precios. A la fecha de cierre del ejercicio, la variación acumulada del IPIM en los últimos tres años alcanza el 66%, por lo cual, en aplicación de las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la reexpresión de los estados contables no es requerida aun cuando debería tenerse en cuenta en la interpretación de los presentes estados contables el impacto que esta variación produce en la situación patrimonial, los resultados y los flujos de efectivo. 1.2) Información comparativa De acuerdo con lo requerido por las normas contables profesionales y del B.C.R.A., el estado de situación patrimonial y los resultados, de evolución del patrimonio neto, de flujos de efectivo y sus equivalentes y los anexos que así lo especifican se presentan comparativos con el ejercicio precedente. 1.3) Criterios de valuación Los principales criterios de valuación utilizados para la preparación de los estados contables son los siguientes: 1.3.1) Activos y pasivos en moneda extranjera Los activos y pasivos en moneda extranjera se encuentran valuados al 31 de diciembre de 2015 y 2014 al tipo de cambio de referencia publicado por el B.C.R.A. para el último día hábil de cada ejercicio, respectivamente, según lo establecido por la Comunicación "A" 3736. Las diferencias de cambio fueron imputadas a los resultados de cada ejercicio, respectivamente. 1.3.2) Títulos públicos y privados \u2022 Títulos públicos e Instrumentos emitidos por el B.C.R.A. - Tenencias registradas a valor razonable de mercado Las respectivas tenencias al 31 de diciembre de 2015 y 2014 han sido valuadas de acuerdo con su valor de cotización de cada especie más el valor de los cupones de renta y amortización vencidos a cobrar al cierre de cada ejercicio respectivamente, en caso de corresponder. - Tenencias registradas a costo más rendimiento Las respectivas tenencias al 31 de diciembre de 2015 han sido valuadas a su valor de costo de incorporación acrecentado en forma exponencial por su tasa estimada de retorno al cierre del ejercicio. Al 31 de diciembre de 2014 no existían este tipo de tenencias. 1.3.3) Método utilizado para el devengamiento de intereses El devengamiento de intereses se ha efectuado utilizando el método de cálculo lineal o exponencial según corresponda de acuerdo con las normas del B.C.R.A. 1.3.4) Previsión por riesgo de incobrabilidad de financiaciones Se constituyó sobre la base del riesgo de incobrabilidad estimado de la asistencia crediticia de la Entidad, el...

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