AMAMBAY S.R.L.

Fecha de la disposición 1 de Junio de 2018

AMAMBAY S.R.L.

1) Constitución: Luciano Enrique DIEZ, argentino, 02/11/1977, divorciado, abogado, DNI 26.269.470 y CUIT 20-26269470-5, domiciliado en Soldado de la Independencia 913 7º de CABA; y Diego RUBINI, argentino, 14/12/1957, casado en 2º nupcias con Mariana Andrea Rodriguez Mesa, abogado, DNI 13.486.419 y CUIT 20-13486419-3, domiciliado en calle 54 nº 360, La Plata, Provincia de Buenos Aires. 2) Esc. 157 del 31/05/2018. 3) AMAMBAY S.R.L. 4) Sede Social: Avenida Córdoba 966 piso 6º oficina "C" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 5) Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por sí o por terceros o asociados a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o en el extranjero, ya sea por contratación directa o por medio de licitaciones públicas o privadas o cualquier otra forma jurídica en que puedan implementarse, con particulares u Organismos Nacionales, Provinciales o Municipales las siguientes actividades: a) CONSTRUCTORA: Construcción de obras, edificios y cualquier otra clase de inmuebles, urbanos o rurales, sus mejoras, refacciones, terminaciones y/o reciclajes y cuando las actividades lo requieran deberán realizarse con profesionales con título habilitante, ya sea actuando como contratista o subcontratista, en obras privadas o públicas, estando habilitada para presentarse en Licitaciones Públicas o Privadas en el ámbito Municipal, Provincial y Nacional, también la compra y venta de materiales de construcción; b) COMERCIAL: Compraventa, representación, permuta y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo, revestimientos, artefactos eléctricos, sanitarios, grifería, maquinaria y accesorios para la industria cerámica y de la construcción, como así también de pinturas, papeles pintados, revestimientos, alfombras y todo otro artículo o material vinculado directa o implícitamente con la decoración. c) INMOBILIARIA: Mediante la compra, venta, permuta, fraccionamiento, colonizaciones, urbanizaciones, loteos, administración, locación o arrendamiento y explotación de toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, ya sean éstos propios o de terceros, incluso las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal, y demás disposiciones legales relacionadas con las viviendas en general. d) FINANCIERA: Mediante inversiones o aportes de capitales a particulares, empresas o sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para negocios presentes...

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