Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 16 de Abril de 2019, expediente FSM 167486/2018/CA001

Fecha de Resolución16 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 167486/2018/CA1, “OVNIPLAST SA c/ TECNOTAP SA s/MARCAS-VARIOS” –

Juzgado Federal de Moreno, Secretaria Civil Nº 1 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I -

INTERLOCUTORIO M., de abril de 2019.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada (vid Fs. 58 y 74/81Vta.), contra la resolución de Fs. 42/44, en la cual el Sr.

    juez “a-quo” hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada y ordenó se incautara un ejemplar de los productos en infracción individualizados como “tapa para envase” y se elaborara un inventario detallado de los existentes.

  2. Se agravió la recurrente afirmando que, en el caso, no se encontraba acreditada la verosimilitud en el derecho invocada por la accionante, toda vez que se trataba de un modelo industrial y la mera exhibición de un título emitido por el INTI no hacía presumir su validez.

    Agregó que el modelo industrial N° 82.980 resultaba nulo y debía ser cancelado porque controvertía lo dispuesto en el Art. 6, Inc. b) del Decreto 6673/63, considerando que carecía del carácter de novedoso.

    Además, alegó que tampoco se encontraba reunido el presupuesto del peligro en la demora.

    Por otra parte, consideró insuficiente el monto de la contracautela fijado por el “iudex a quo”.

    Fecha de firma: 16/04/2019 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA #32732932#231887083#20190412100952483 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 167486/2018/CA1, “OVNIPLAST SA c/ TECNOTAP SA s/MARCAS-VARIOS” –

    Juzgado Federal de Moreno, Secretaria Civil Nº 1 - CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I -

    INTERLOCUTORIO Ofreció prueba, hizo reserva del caso federal y solicitó se revocara el pronunciamiento apelado, con costas.

    A Fs. 85/89 contestó los agravios la parte actora.

  3. Ante todo, cabe señalar que no es obligación examinar todos y cada uno de los argumentos propuestos a consideración de la Alzada, sino sólo aquéllos que sean conducentes para fundar sus conclusiones y resulten decisivos para la solución del caso (Fallos: 310:1835, 311:1191, 320:2289, entre otros; este Tribunal, sala II, causa 1077/2013/CA3, Rta. el 23/8/16).

    Este Tribunal ha reiterado que es principio general que la finalidad del proceso cautelar, consiste en asegurar la...

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