Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 6 de Diciembre de 2017, expediente CIV 077682/2014/CA003

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 77682/2014 OVIEDO, L.A. c/L.F., E.R. s/CONSIGNACION DE ALQUILERES Buenos Aires, 6 de diciembre de 2017.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Como es sabido, el tribunal de alzada, como juez del recurso, está facultado para examinar su procedencia, pues sobre el punto no está ligado ni por la conformidad de las partes ni por la resolución del juez de primera instancia, incluso cuando se encuentre consentida.-

    En uso de estas facultades que la ley adjetiva tiene reservadas a este Tribunal, y teniendo en cuenta lo normado en el art.

    242 del CPCCN vigente corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de autos, puesto que el monto reclamado en la demanda ($10.400 –ver fs. 35-) no alcanza el mínimo legal de $50.000.- establecido en la norma citada.

  2. Por todo lo expuesto, el Tribunal

    RESUELVE:

    Declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto a fs. 495, concedido a fs. 496, contra la sentencia de fs.

    481/94.

    R., comuníquese a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR