Aviso Oficial Otorga la Renovacion de Inscripcion de Equipos a Ditel Srl y Otras

Fecha de disposición18 Febrero 2008
Fecha de publicación18 Febrero 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31347

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado la Resolución ERAS Nº 15 de fecha 12/2/08, mediante la cual se rechaza el recurso de reconsideración interpuesto por AGUAS ARGENTINAS S.A. contra la Resolución Nº 158 del ex ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), de fecha 9 de agosto 2006, transcribiendo a continuación los artículos:

'ARTICULO 1º -- Recházase el recurso de reconsideración interpuesto por AGUAS ARGENTINAS S.A. contra la Resolución Nº 158 del ex ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), de fecha 9 de agosto 2006, por improcedente, ratificándose la misma en todas y cada una de sus partes.

ARTICULO 2º

Elévese los presentes actuados al PODER EJECUTIVO NACIONAL para dar trámite al recurso de alzada interpuesto en forma subsidiaria, ello conforme está previsto en el artículo 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos --Decreto PEN Nº 1759/72 (T.O. Decreto Nº 1883/91)--, y en el artículo 68 del Marco Regulatorio aprobado por Decreto PEN Nº 999/92.' Firma: Dr. CARLOS MARIA VILAS, Presidente.

e. 18/02/2008 Nº 571.218 v. 18/02/2008 ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO Resolución ERAS Nº 14/2008

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado la Resolución ERAS Nº 14 de fecha 12/2/08, mediante la cual se aplica a Aguas Argentinas S.A. una multa de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO ($ 672.018.-), transcribiendo a continuación los artículos:

'ARTICULO 1º -- Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO ($ 672.018.-) por haber facturado erróneamente al inmueble sito en Avenida Rivadavia 1615, Capital Federal, dado que constituyen obligaciones y hechos preexistentes al dictado del Decreto Nº 303/06 del PODER EJECUTIVO NACIONAL (B.O. 22/3/06), incurriendo así en vulneración al numeral 13.10.6, noveno supuesto del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93 (B.O. 20/9/93) y modificado por la Resolución Nº 601/99 de la entonces SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE (B.O. 5/8/99).

ARTICULO 2º

Intímase a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS S.A. a depositar el importe de la multa impuesta en el artículo 1º en la Tesorería del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO de este ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente bajo apercibimiento de no admitirse la procedencia formal de recursos --numeral 13.6.4...

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