Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 17 de Septiembre de 2020, expediente CSS 001268/2012/CA001

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2020
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

CAUSA Nº1268/2012 Sentencia Definitiva En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los , reunida la S. Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos O.J.M. Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO

s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DRA V.P.P. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a esta S. en virtud del recurso de apelación deducido por la actora contra la sentencia por la que el juez de grado desestimó la pretensión tendiente a que se disponga la regularización del sueldo anual complementario. Para así decidir, el magistrado actuante consideró no determinadas con carácter previo las sumas a incluir como remunerativas y rechazó el planteo de irrazonabilidad del Decreto 1056/08.

La quejosa se agravia de la interpretación que el sentenciante efectúa del Decreto 1078/84 pues, según afirma, entiende que las “remuneraciones computables”, son solo las que poseen naturaleza remunerativa, cuando en realidad debe ser pagada sobre el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto, conforme las previsiones de la Ley 23.041. Afirma que la primera fuente de interpretación de la ley es su letra y destaca, por otra parte, que debe tenerse presente que el Decreto 2769/93 creó distintos suplementos salariales,

destinados al personal en actividad. Advierte que si bien dicho cuerpo normativo establece que ellos son de carácter particular, la Corte Suprema declaró su carácter general en los precedentes “Torres”, “M.” y “S.s”. Sostiene que la ley 23.041 mantiene su vigencia y que por lo tanto, el Decreto 1056/08 altera el espíritu de la norma, constituyendo una modificación a la ley vigente que contradice lo establecido por el art. 99 de la Carta Magna. Solicita, en consecuencia, que se revoque la decisión apelada, se declare inaplicable el decreto antes mencionado y se disponga abonar las diferencias salariales que resulten de la correcta liquidación del sueldo anual complementario, en los términos de lo establecido por la Ley 23.041 y el Decreto 1078/84.

La demandada a fojas 101 mantiene la reserva del caso federal.

Reseñados los agravios, cabe recordar que el art. 1° de la ley 23.041 establece que: “El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado,

será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR