Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 1 de Octubre de 2020, expediente FMZ 055469/2019/CA001
Fecha de Resolución | 1 de Octubre de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
FMZ 55469/2019/CA1
Mendoza,
Y VISTOS:
Los presentes Nº FMZ 55469/2019/CA1, caratulados: “OSTES c/ MIGUEL
MARTIN E HIJOS S.R.L. s/ SIMULACIÓN” venidos a esta Sala “B” del Juzgado
Federal de S.J. Nº 1, a fin de resolver el conflicto negativo de competencia entre
éste y el Juzgado Federal Nº 2;
Y CONSIDERANDO:
1) Que a fs. 18/21 vta. la Obra Social de Trabajadores de Estaciones de
Servicios (OSTES) entabla en autos Nº 30558/2014, caratulados: “OSTES c/
MIGUEL MARTIN E HIJOS SRL s/ EJECUCIONES VARIAS”, acción de
simulación contra M.M. e hijos SRL, alegando falsedad en la venta del
inmueble donde funciona la estación de servicio, a AYJ SRL, encubriendo así a una
verdadera transferencia del fondo de comercio. El objeto de dicha presentación
consistió en que se haga lugar a la simulación y se condene a las denunciadas al pago
de las sumas reclamadas en dicha ejecución, desde que la obligación se hizo exigible
y hasta el momento de su efectivo pago, con más intereses y costas.
A fs. 27/53 se presenta la demandada y plantea excepción de incompetencia.
En fecha 19/04/18 se ordena extraer copias de la presentación y formarse una
nueva causa, en virtud del estrecho marco de cognición que plantean los procesos de
ejecución (fs. 54).
Seguidamente, el juez titular del Juzgado Federal Nº 2 de S.J., acoge la
excepción planteada, y se declara incompetente para entender en las presentes
actuaciones, en virtud de encontrarnos frente a una acción de fondo, que excede el
marco de su acotada jurisdicción. Asimismo, ordena remitir la causa al juzgado
federal de turno con competencia el civil y comercial, dejando planteada el conflicto
negativo de competencia, para el caso de ser resistido (v. fs. 55/57).
Ante la recepción de la causa, el Sr. Juez titular del Juzgado Federal Nº 1 de
S.J., a fs. 77/80 vta., también declara su incompetencia, en razón de que la
simulación ha sido planteada en el marco de una ejecución, cuya finalidad es que sea
reconocida para poder cobrar las sumas de dinero allí exigidas. Invoca jurisprudencia
Fecha de firma: 01/10/2020
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.F.S., SECRETARIA
y advierte la problemática en caso de existir sentencias contradictorias. Resalta la
competencia del fuero federal, y deja planteado el conflicto negativo de competencia.
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