(*) - ORVA S.A.S. ACTA DE SUBSANACIÓN DEL CONTRATO CONSTITUTIVO - (*) - ORVA S.A.S. ACTA DE SUBSANACIÓN DEL CONTRATO CONSTITUTIVO

Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2023

Acta de Subsanación del Contrato Constitutivo de “ORVA S.A.S.” En la ciudad de Mendoza a los 10 días del mes de enero de 2023, comparece el señor Juan Manuel Orlandi, documento nacional de identidad Nº 35.661.751, CUIT Nº 20-35661751-8, de nacionalidad argentina, nacido el 22/11/1990, profesión: Inspector Técnico de Obra, estado civil: casado, con domicilio real en Barrio Residencial Rı́o Diamante, manzana “G” casa 8, El Challao, departamento Las Heras, Provincia de Mendoza; y el señor Leonardo José Federico Vázquez, documento nacional de identidad Nº 27.572.340, CUIT Nº 20-27572340-2, de nacionalidad argentina, nacido el 19/11/1979, profesión: Inspector Técnico de Obra, estado civil: casado, con domicilio real en José Ingenieros 1640, Bosques, Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires; quienes concurren por propio derecho y expresan que para todos los efectos se denominarán constituyentes, mediante el presente escrito manifiestan su voluntad de modificar el Contrato Constitutivo de ORVA (S.A.S.), suscripto el 15 de diciembre de 2022 a los fines de adecuar el mismo a las observaciones realizadas por la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza, con motivo de su inscripción en dicho organismo. Los socios realizan las correspondientes subsanaciones del artículo 5 del estatuto, el punto 2 de las disposiciones transitorias y además se incluyen las declaraciones juradas de los socios correspondientes a la Resolución D.P.J. 1700/2022. Quedando redactado el artículo 5 de la siguiente forma, Artículo Quinto. Capital, El Capital Social se fija en la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000), y estará representado por MIL DOSCIENTAS (1.200) acciones nominativas no endosables, ordinarias, de PESOS MIL ($1.000) de valor nominal cada una de ellas y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios, conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Los socios garantizan solidaria e ilimitadamente a los terceros la integración de los aportes. El punto 2 de las disposiciones transitorias quedará de la siguiente manera, CAPITAL SOCIAL: Suscripción e Integración. Los socios fundadores suscriben en este acto el cien por ciento (100%) del capital social de la siguiente forma: 1°) El socio Juan Manuel Orlandi suscribe en este acto 550 acciones, ordinarias nominativas no endosables, de $ 1.000 de valor nominal cada una y un voto por acción, y 2°) El socio José Federico Vázquez suscribe en este acto 650 acciones, ordinarias nominativas no endosables, de $ 1.000 de valor nominal cada una y un voto por acción, quedando ası́ suscripto el cien por ciento (100%) de las acciones. Los socios fundadores indicados en el punto anterior, integran, en este acto, el veinticinco (25%) del capital en dinero en efectivo, el socio Juan Manuel Orlandi un total de $137.500, y el socio Leonardo José Federico Vázquez un total de $162.500. El aporte se acredita mediante acta notarial pasada ante la escribana Leticia Sancho, titular del Registro Nº 163 de Guaymallén a su cargo, de la Provincia de Mendoza; y el saldo dentro del plazo de dos años a contar desde la fecha de este acto constitutivo. Y por último el punto 3 de las disposiciones transitorias con la incorporación de las declaraciones juradas de acuerdo a la Resolución D.P.J. Nº1700/22 quedando de la siguiente manera, DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN, DECLARACIÓN SOBRE SU CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE Y DECLARACIÓN JURADA DE ACUERDO A RESOLUCIÓN D.P.J. 1700/22: Designar Administrador titular a: Juan Manuel Orlandi, documento nacional de identidad Nº 35.661.751, CUIT Nº 20-35661751-8, de nacionalidad argentina, nacido el 22/11/1990, profesión: Inspector técnico de Obra, estado civil: casado, con domicilio real en Barrio Residencial Río Diamante, manzana “G” casa 8, El Challao, departamento Las Heras, Provincia de Mendoza; quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que No es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera y manifiesta no estar comprendido en las prohibiciones e incompatibilidades contempladas en el art. 264º de la...

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