Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 2, 29 de Agosto de 2014, expediente 18270/2012

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2014
EmisorSala 2

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 65888 SALA II.

Expediente Nro. 18.270/2012. F.

  1. 11.5.12. (Juzg.Nº61)

AUTOS:”O.J.R. C/ QBE ARGENTINA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ACCIDENTE-LEY ESPECIAL”.

Buenos Aires, 29.8.14 VISTO

Y CONSIDERANDO:

A fs. 101/vta. luce el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, por la suma de $61.000, ratificado y homologado a fs. 102.

A fs. 102 se regularon los honorarios de la perito médica en la suma de $2.500 a cargo de la demandada.

A fs. 108 el Dr. F.P. (letrado de la perito médica), apeló los honorarios de su poderdantes por estimarlos exiguos.

Delimitada de tal modo la cuestión sometida a consideración del Tribunal se debe señalar que teniendo en cuenta que el litigio concluyó con el aludido acuerdo conciliatorio homologado a fs. 102, su monto, la calidad, mérito y extensión de las tareas cumplidas por la perito médica y lo normado por el art. 38 de la L.O., los emolumentos en cuestión lucen exiguos, por lo que corresponde elevarlos a...

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