Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 3 de Marzo de 2011, expediente 3.292/09

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2011

Poder Judicial de la Nación Causa Nro. 3.292/09

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 61.065 CAUSA NRO. 3.292/09

AUTOS: “ORTEGA JULIO Y OTRO C/ CAVCON S.A. S/ DESPIDO”.

JUZGADO NRO. 51 SALA I

Buenos Aires, 3 de Marzo de 2.011.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el perito contador a fs. 189/vta. contra el pronunciamiento de fs. 187/188 por estimar reducidos los honorarios que le fueran regulados en la presente causa.

Por otro lado, la representación letrada de la demandada se alza a fs. 190 por estimar reducida la regulación de sus emolumentos.

Y CONSIDERANDO:

En atención al mérito, eficacia y la extensión de los trabajos realizados, los resultados obtenidos, las facultades conferidas al Tribunal por el art. 38 L.O. y las normas arancelarias de aplicación, lucen ajustados los estipendios regulados al perito contador y a la representación letrada de la parte demandada, por lo que corresponde mantenerlos.

Por todo ello el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar los honorarios apelados.

R., notifíquese y devuélvase.

G.A.V.D.J.V.J. de Cámara Juez de Cámara mig. Ante mi:

Dra. E.R.P. Letrada de Cámara En de de , se dispone el libramiento de cédulas.

CONSTE.

Dra. E.R.P. Letrada de Cámara 1

Poder Judicial de la Nación Causa Nro. 3.292/09

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