Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala B, 15 de Septiembre de 2016, expediente CIV 041792/2013/CA001

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 41792/2013 OROS M.I. Y OTRO s/SUCESION AB-INTESTATO Buenos Aires, de septiembre de 2016.- MPL Y vistos y considerando:

Contra la providencia de f.91, mediante la cual el a quo no hace lugar al pedido de inscripción de la declaratoria de herederos dictada en este proceso, con relación al inmueble de la calle M. 4365/67C., hasta tanto se cumpla con la notificación ordenada a f.87, interpone revocatoria con apelación en subsidio la Sra. M. delC.R..

De las constancias de la causa resulta que el presente juicio voluntario fue iniciado a fin de que se cumpla el acuerdo homologado en el proceso “N.P.R. c/RomeroM. delC. s/liquidación de sociedad conyugal” que tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil 85(v. fs.30/32vta.).

En ese entendimiento, habida cuenta los términos del acuerdo homologado en el expediente anotado y en especial lo que resulta del contenido del testimonio agregado a f.72, corresponde admitir las quejas vertidas por la apelante.

En consecuencia, en la instancia de grado se podrá

ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos pedida a fs. 84 y 90, en tanto se encuentren reunidos los requisitos procesales, fiscales y registrales de estilo.

Todo ello sin perjuicio de que en el...

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