Ormas Ingenieria y Construcciones S.A.

Fecha de disposición14 Abril 2009
Fecha de publicación14 Abril 2009
SecciónTercera Sección - Contrataciones
Número de Gaceta31632

NOTAS: 1) Las Asambleas serán presididas por Multicanal a través de las personas que ella indique; 2) Comunicación de asistencia: De conformidad con los términos de las Obligaciones Negociables, los tenedores legitimados para asistir a la asamblea serán aquellos que se encuentren registrados como tenedores al día 10 de abril de 2009 (la 'Fecha de Registro'). Para asistir a la asamblea, personalmente o por medio de apoderados, dichos tenedores deberán presentar la correspondiente comunicación de asistencia a la Sociedad hasta las 17 horas del día 21 de abril de 2009, inclusive, (de lunes a viernes) en el horario de 10 a 12 y de 15 a 17, hora de Buenos Aires, en la calle Juana Manso 205, 1º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A tales efectos, los tenedores de las Obligaciones Negociables de Multicanal deberán acreditar su condición de tales a la Fecha de Registro, a satisfacción de la Sociedad, mediante la presentación y depósito hasta dicha fecha y en dicho horario de la siguiente documentación: a) en caso de que concurran por derecho propio: (i) si las Obligaciones Negociables de Multicanal se encuentran depositadas en un sistema de depósito colectivo nacional, deberán presentar el certificado emitido a su nombre por dicha entidad en los términos del artículo cuarto inciso e) del Decreto 677/01 o (ii) si las Obligaciones Negociables de Multicanal se encuentran depositadas en un sistema de depósito colectivo extranjero, deberán presentar un certificado emitido por dicha entidad que acredite la tenencia del participante respectivo en las Obligaciones Negociables de Multicanal, y en su caso, un certificado emitido por el participante a nombre del titular beneficiario de las Obligaciones Negociables de Multicanal que acredite la tenencia de los tales Títulos; b) en caso de que concurran por representación: se deberán presentar el o los certificados indicados en el apartado a) precedente a nombre del titular de las Obligaciones Negociables y denunciar el nombre del/los apoderados designados al efecto y presentar y entregar un poder especial conferido a nombre del/los apoderado/s con facultades expresas y suficientes para asistir y votar en la Asamblea que corresponda; 3) Las firmas de todos los documentos deben estar debidamente certificadas por escribano público. Si dicha certificación es hecha por escribano público en la Argentina pero en otra jurisdicción distinta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá ser legalizada por el colegio de escribanos de la jurisdicción correspondiente. Si dicha certificación es hecha por escribano público de una jurisdicción extranjera, deberá ser apostillada en los términos de lo prescripto por la Convención de la Haya de 1961 ('Apostille') o consularizados con intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina. Todos los documentos en idioma extranjero deberán ser traducidos al español mediante traducción pública de traductor público matriculado en la República Argentina con su firma legalizada por el Colegio de Traductores de la República Argentina; 4) Se pone en conocimiento de los tenedores de las Obligaciones Negociables de Multicanal que la falta de comunicación y registro de asistencia en el tiempo y la forma especificados producirá la pérdida del derecho de asistir y participar en las respectivas Asambleas. En caso de no reunirse el quórum suficiente al...

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