Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III, 31 de Mayo de 2019, expediente CNT 026391/2018/CA001

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2019
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA. EXPTE NRO. 26391/2018/CA1 “ORLANDO

CLAUDIO DANIEL C/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD S/ OTROS

RECLAMOS”. JUZGADO N° 3

Buenos Aires, 31/05/2019

El Dr. M.O.P. dijo:

La parte actora deduce a fs. 20/23, recurso de apelación contra la resolución dictada por el sentenciante de grado que rechazó la medida cautelar peticionada en el inicio (fs. 5).

El Sr. Juez “a quo”, remitiéndose a los fundamentos vertidos por el Sr. Fiscal, que entendió que en el caso, la cautelar intentada, tendría una clara coincidencia e íntima vinculación con la cuestión de fondo, por lo que desestimó la misma. Contra tal decisión, como se adelantó se agravia el accionante.

Cabe rememorar que conforme surge del escrito inicial, el actor invocó que su empleadora -Dirección Nacional de Vialidad- omitió el cumplimiento del sistema instaurado en la Resolución AGDNV Nº 1501/16 y lo acordado en el Acta Acuerdo del 8 de noviembre de 2016 al momento de disponer la extinción del vínculo laboral sin invocación de justa causa, en tanto no habría agotado la tramitación del sumario previo dispuesto por tales normativas, por lo que solicita como medida cautelar, “la suspensión de los efectos del despido y la reinstalación en su puesto normal y habitual de trabajo hasta tanto recaiga eventual pronunciamiento en el eventual sumario que la demandada dispusiera sustanciar” (ver fs. 7).

Sentado ello, como es sabido, nuestro ordenamiento procesal señala como requisitos generales y comunes a todas las medidas cautelares la presunción de verosimilitud del derecho y el peligro en la demora (conf. art. 62 de la L.O. y art.195 del CPCCN y sus concordantes).

Con relación a la verosimilitud del derecho si bien el dictado de una medida precautoria no exige un examen de certeza, sobre la existencia del derecho pretendido ya que solo requiere la comprobación de la apariencia del derecho invocado, en el contexto fáctico reseñado, no resulta factible determinar la existencia de “fumus bonis iuris” para viabilizar una medida como la que se pretende.

En efecto, de la documental acompañada por el accionante (ver carta documento acompañada en el sobre de fs. 2) se desprende que con fecha 30 de mayo de 2018 la demandada rescindió el vínculo laboral que la uniera con el actor; y si bien la medida cautelar peticionada se sustenta en la invocación de omisión del cumplimiento que según afirma, habría incurrido la Dirección Nacional de Vialidad en el procedimiento sumarial previsto en la Resolución DNV Nº 1501/16 y en el Acta Acuerdo de fecha 8 de noviembre de 2016, en el caso, subyace una controversia compleja que no permite apreciar de manera definida la verosimilitud del derecho en este estado, ya que el análisis de los aspectos debatidos exceden el marco reducido de la medida cautelar.

En definitiva las constancias aportadas a la causa, no revelan de una manera clara ni siquiera “prima facie” la configuración de los presupuestos previstos por el CPCC para el dictado de una medida cautelar, o lo que es lo mismo, los elementos de autos no resultan suficientes para...

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