Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 28 de Diciembre de 2017, expediente CAF 037226/2013/CA001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 37226/2013 ORIGENES AFJP SA c/ EN-AFIP-DGI s/PROCESO DE CONOCIMIENTO Buenos Aires, de diciembre de 2017.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 235 el juez de primera instancia rechazó

    in limine el hecho nuevo denunciado por la parte actora con relación al cierre de los estados contables correspondientes al ejercicio 2015, por considerarlo extemporáneo en los términos del artículo 365 del CPCCN.

    A fs. 268 el referido magistrado rechazó el nuevo planteo de hecho nuevo efectuado por la actora con respecto a los mismos estados contables.

    Contra ese último pronunciamiento, la parte actora interpuso el recurso de apelación a fs. 269, que fue concedido con efecto diferido a fs. 270.

  2. Que a fs. 294/297 vta. el juez de la anterior instancia resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por la actora a efectos de que se declarase la inconstitucionalidad del artículo 6º de la Ley Nº 25.063, que establece el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, con relación al período 2014. Asimismo, la rechazó respecto de los períodos 2013 y 2015 a 2019, por considerar que durante el ejercicio 2013 había tenido ganancias y que la prueba ofrecida respecto de demás períodos se basaba en meras proyecciones de los resultados contables que no demostraban que la renta presumida por la ley no había existido.

    Impuso las costas en un 85% a la actora y en un 15% a la demandada.

  3. Que contra la sentencia de fs. 294/297 vta.

    ambas partes interpusieron recursos de apelación a fs. 301/vta. y 303.

  4. Que a fs. 307/328 vta. la parte actora fundó el recurso de apelación que había interpuesto contra la resolución de fs. 268 por la que se le había rechazado el hecho nuevo planteado y acompañó

    la declaración jurada correspondiente al Impuesto a las Ganancias por el período 6/2015 y su acuse de recibo; la declaración jurada correspondiente al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta por el Fecha de firma: 28/12/2017 Alta en sistema: 02/02/2018 Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA #11434589#196956769#20171227142258032 período 2015 y su acuse de recibo; y los estados contables correspondientes al ejercicio iniciado el 1º de julio de 2014 y finalizado el 30 de junio de 2015.

    Corrido el pertinente traslado, no fue contestado por la contraria (fs. 393 y 405).

    La recurrente expresa que su parte dedujo una acción declarativa de certeza a efectos de que se...

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