Ordenanza Nro. 9692 - ORDENANZA Nº 9692-2022

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2022

VISTO:

Las constancias obrantes en la Nota Electrónica NE-104-2022, caratulada, “Dirección de Asuntos Legales, Ref. / Expediente N° 13176-A-2020”.

CONSIDERANDO:

Que, a través de la referida Nota Electrónica, Escribanía Municipal solicita a fs. 27 se rectifique la Ordenanza registrada bajo N° 9413/2022 de conformidad con lo expuesto en el Expediente N° 13176-A-2020, tratándose en el caso en cuestión de un bien de familia, por ello la Ordenanza de aceptación deberá consignar lo siguiente: Arbitre los medios necesarios en virtud del art 255 inc. d del Código Civil y Comercial Argentino, para desafectar la vivienda familiar inscripta al asiento B-1 de la mencionada matricula únicamente sobre la superficie afectada previamente detallada.

Que, en la actual instancia llegado el caso a tratamiento de éste Cuerpo Deliberativo sus miembros, consideran procedente aceptar la rectificación solicitada, en mérito al informe de Escribanía Municipal obrante a fs. 27 de la NE-104-2022, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Modifíquese el Artículo 2° de la Ordenanza registrada bajo N° 9413/2022, que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º: Arbítrense los medios necesarios en virtud del art 255 inc. d del Código Civil y Comercial Argentino, para desafectar la vivienda familiar inscripta al asiento B-1 de la mencionada matricula, únicamente...

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