Ordenanza Nro. 9129 - ORDENANZA Nº 9129/2020 PROYECTO
Emisor | Municipalidad de Guaymallen |
Fecha de la disposición | 24 de Noviembre de 2020 |
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza presentado por el concejal Martín Ignacio Conte, integrante del Bloque “Cambia Mendoza” compuesto por los concejales Evelin Giselle Pérez, Adriana Gallo, Martin Casas, Soledad Castellano, Fabián Forquera y Fernanda Orellano, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Departamento de Guaymallén ha crecido notablemente en la utilización de la bicicleta como medio de movilidad, el uso de éstas se ha fomentado a través de las políticas alcanzadas por la Municipalidad, como la construcción de ciclo vías y la promoción e incentivo de uso.
Que, es necesario fomentar en forma permanente la promoción de la utilización de bicicletas, no sólo con fines recreativos o deportivos, sino como medio de transporte.
Que, la presente disposición apunta no sólo a garantizar la seguridad a las personas, sino que fomenta la utilización de bicicletas en el departamento, mejorando de esta forma la salud y la calidad ambiental de Guaymallén.
Que, mediante la ley de defensa al consumidor N° 24.240 la playa es responsable por daño o hurto de la bicicleta.
Que, se hace necesario dar una respuesta, en lo referente a la movilidad acorde a las futuras necesidades derivadas de las medidas de salubridad pública adoptadas, como lo son el distanciamiento social obligatorio y las medidas de higiene personal.
Que, los fomentos de estas políticas buscan que cada vez más habitantes transiten en Guaymallén con este medio de transporte y es indispensable ofrecer al ciudadano seguridad para ello.
Que, resulta indispensable crear espacios adecuado tendientes a garantizar el estacionamiento seguro de las bicicletas en diferentes puntos del Municipio.
Que, el uso de la bicicleta como medio de transporte alternativo reúne diversas ventajas, tanto económicas, como saludable y ambientales.
Que, estas políticas están creciendo exponencialmente no solo en la Provincia ni en el País, sino que en todos partes del mundo.
POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY
ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
ORDENA:
Impleméntese un sitio exclusivo para el estacionamiento de bicicletas en las playas de estacionamiento del Departamento.
Estos establecimientos deberán contar con bicicleteros, con una capacidad mínima de 5 lugares para bici en el caso...
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