Ordenanza Nro. 9095 - ORDENANZA N° 9095-20 EXPTE. N° 16312-R-2018

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2020

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 16312-R-2018, caratulado “RODRIGUEZ GUSTAVO ALBERTO Ref. /Factibilidad para resto bar con espectáculo”, y;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la referida pieza administrativa se da tratamiento al pedido de Factibilidad realizado a fojas 115, por el Señor Rodríguez, Gustavo Alberto DNI Nº 26.527.898, quien peticiona factibilidad para “Café bar, snack bar, pub, con servicio de sándwich y espectáculo”, actividad no autorizada en la zona del establecimiento situado en calle Lateral Sur Acceso Este Nº 6063 del Distrito Jesús Nazareno, Padrón Municipal Nº 119.464, encontrándose en zona comercial del área urbana.

Que, a fojas 158 Dirección de Planificación amplia el informe técnico, requerido por este Honorable Cuerpo conforme Resolución Nº 342/2019, para la toma de decisión sobre la excepción al Código de Edificación y Ordenamiento Territorial (CEOT).

Que, en la actual instancia, y luego de evaluar y analizar los informes obrantes en autos, los miembros de este Honorable Concejo consideran viable acceder al otorgamiento del citado beneficio, supeditando el mismo al estricto cumplimiento de todos los requisitos técnicos, administrativos y de Seguridad e Higiene que rigen la actividad.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Exceptúese de las previsiones establecidas en el Código de Edificación y Ordenamiento Territorial (CEOT), al Señor Rodríguez, Gustavo Alberto DNI Nº 26.527.898, otorgándose en consecuencia Factibilidad, para el rubro café bar y pub con espectáculo, en inmueble ubicado en calle Lateral Sur Acceso Este Nº 6063...

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