Ordenanza Nro. 8693 - EXPTE. Nº 13043-C-2018

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2019

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 13043-C-2018, caratulado CLUB SOCIAL MANUEL SAYANCA (Pres. Oyarce Ricardo DNI 18.430.906) S/ APROBACIÓN DE PLANOS, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la citada pieza administrativa, el Sr. Oyarce, Ricardo Alberto con D.N.I. Nº 18.430.906, en su condición Presidente de la Federación Mendocina de Básquet y representante ante este Municipio del Club Social Manuel Sayanca sito en calle Vicente López y Planes Nº 2072, del Distrito Pedro Molina, individualizado bajo Padrón Municipal Nº 13705, solicita a fojas 01 de autos, se le otorgue el beneficio de la excepción a las normas establecidas en el C.E.O.T., para poder así conseguir la factibilidad que le permita regularizar la superficie cubierta así como ejecutar mejoras en el predio del club.

Que de la documentación incorporada se observa, según informa la Dirección de Planificación el inmueble de referencia es frentista a calle Vicente López y Planes del Distrito Pedro Molina, que en lo referido a la zonificación de los usos del suelo, clasifica en Zona Residencial del Área Urbana, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Nº 8244/16, en lo que respecta a lo reglado por la Ordenanza Nº 3780/94, las instalaciones deportivas no se encuentran permitidas en la zona referenciada, la construcción a declarar ocupa la totalidad del predio en planta baja por lo que el F.O.S. es = 1 y no posee suelo permeable (F.I.S.), en tanto que el C.E.O.T., exige para instalaciones deportivas espacios reservados para estacionamiento, requerimiento que no se cumple en este caso.

Que no obstante, el informe del área técnica pertinente, el deporte constituye un mecanismo de inclusión y contención social. Siendo el club, el lugar donde las personas y las familias se nutren de los valores necesarios para la construcción de una comunidad en desarrollo a través del espíritu de equipo, la solidaridad, el compromiso y la sana competencia.

Que llegado el caso a tratamiento del Cuerpo, y luego de evaluar los estudios y consideraciones del proyecto, los miembros de este Honorable...

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