Ordenanza Nro. 8659 - EXPTE. Nº 16105-BR-2018

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2018

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 16105-BR-18, caratulado “Bloque Radical Ref./ Ordenanza 8630/18. Aplicar la Presente Ordenanza a Denominaciones a Heladerías y a Cadena de Heladerías.”, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la presente pieza administrativa, se dio tratamiento al Proyecto presentado oportunamente por el Concejal Martín Ignacio Conte del Bloque de la Unión Cívica Radical, el que luego de ser convenientemente analizado, dio origen al dictado por parte del Honorable Concejo Deliberante de la Ordenanza Nº 8360/18, instrumento mediante el cual se reglamentó la instalación de heladerías en el ejido municipal.

Que posterior al dictado de la norma, el Departamento Ejecutivo, a través de sus áreas correspondientes, consideró que debía observarse parte del contenido de la citada Ordenanza, por considerar excesiva las distancias reguladas por el Artículo 4º, procediendo a través de su Decreto Nº 2975 del 23/10/18, a observar la misma, remitiendo las actuaciones contenidas en el Expediente a éste Cuerpo Deliberativo para su conocimiento.

Que en la actual instancia, y luego de analizar lo contenido en las actuaciones de referencia, los miembros de éste Honorable Cuerpo consideran conveniente aceptar la observación efectuada, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Aceptase la observación de la Ordenanza Nº 8630/18, dictada por este Honorable Cuerpo el 04/10/18, dispuesta a través del Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 2975/18.

Artículo 2º

Modifíquese la Ordenanza Nº 8630/18, cuyo texto ordenado quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 1º

Entiéndase a los efectos de la aplicación de la presente Ordenanza las siguientes denominaciones:

  1. Heladerías: Establecimiento cuya actividad principal o secundaria es la elaboración y/o comercialización de helados a través de diferentes modalidades de venta.

  2. Cadena de Heladerías: Establecimientos que realizan venta minorista y/o mayorista, que constituyen o pertenecen a un mismo grupo económico, a una firma o varias firmas asociadas bajo una misma o distintas razón social.

Se consideraran Cadena a quienes estén conformadas por más de un local de venta al público cuya modalidad de desarrollo logístico y publicitario es común, sean...

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