Ordenanza Nro. 8625 - EXPTE.Nº 12088-Z-2018

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2018

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 12088-Z-18, caratulado “Zarate Pablo Marcial DNI 3.354.194 Ref. /Aprobación de Planos”, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la citada pieza administrativa, el señor Pablo Marcial Zárate con D.N.I. Nº 3.354.194, propietario de un predio sito en calle Guido Spano Nº 280, Distrito Dorrego, registrado bajo Padrón Municipal Nº 5.581, solicita a fojas 01 de autos, se les conceda el beneficio de Excepción a las normativas vigentes fijadas por el C.E.O.T., (Código de Edificación y Ordenamiento Territorial), por la construcción de una vivienda unifamiliar sin cochera, lo que no está permitido.

Que obran en autos suficientes informes técnicos y administrativos de las diferentes áreas del Ejecutivo Municipal, especificando que la zona donde se encuentra el predio, clasifica como Zona Residencial del Área Urbana, en lo relativo al Uso del Suelo, según lo establecido por la Ordenanza Nº 8244/16, en la que es obligatorio presentar una cochera por unidad habitacional conforme Ordenanza Nº 7631/09.

Que en la actual instancia, llegado el caso a tratamiento del Cuerpo, y luego de evaluar los estudios y consideraciones del proyecto, sus miembros concluyen en que resulta viable expedirse favorablemente, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Exceptúese de las previsiones establecidas en el C.E.O.T., (Código de Edificación y Ordenamiento...

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