Ordenanza Nro. 8615 - ORDENANZA Nº 8615/18 PROYECTO

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2018

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Martín Ignacio Conte, integrante del Bloque Unión Cívica Radical compuesto por los concejales: Evelin G. Pérez, Fabián Forquera, Adriana Gallo, Martín Casas y Estela Baldovino, y;

CONSIDERANDO:

Que como reza el artículo 48º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, Ordenanza Nº 1388/89, “…Los Concejales están obligados a asistir a todas las sesiones desde el día de su incorporación…”.

Que con la intención de brindarles a los vecinos un servicio de calidad por el que se ha elegido a los representantes como Concejales del municipio, es imprescindible asegurar la presencia de éstos en las sesiones del Cuerpo deliberante y a las reuniones de comisiones a las que pertenezca, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados.

Que es fundamental lograr una mayor celeridad al momento del tratamiento de los Expedientes que ingresan a comisiones para ser analizados por los concejales.

Que el presente Proyecto busca acercar las situaciones de los concejales a las de los empleados municipales, equiparando los procedimientos en cuanto a asistencias y justificación de inasistencias a los que se somete el empleado municipal respecto del ítem “presentismo”.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

La dieta de los Concejales de la Municipalidad de Guaymallén estará compuesta de la siguiente manera:

  1. 70% Asignación de clase;

  2. 10% Compensación Funcional;

  3. 20% Ítem Recinto.

Artículo 2º

El ítem recinto consistirá en la asistencia a las diferentes comisiones que integre y en la asistencia a las sesiones convocadas por la presidencia del Concejo Deliberante, esta última no se tendrá en cuenta a los fines de la constitución del quorum necesario para llevar adelante la sesión. Determínese que el referido Ítem Recinto será aplicado a los Concejales, Secretarios y Director de Comisiones del Honorable Cuerpo Deliberante de la Municipalidad de Guaymallén que, sin la debida justificación, se ausenten de las sesiones que convoque la Presidencia del Honorable Cuerpo, y que no cumplan con los días y horarios de funcionamiento de las diferentes comisiones, a partir del primero de octubre del 2018.

Artículo 3º

Ante la inasistencia, se procederá al descuento...

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