Ordenanza Nro. 8528 - EXPTE. Nº15832-A-2017

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2018

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 15832-A-17, caratulado “Asociación de la Iglesia Evangélica Pentecostal de la Argentina (Presidente Genóva Ernaldo DNI 7.810.074) Ref. Factibilidad Construcción de Comedor Comunitario”, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de la citada pieza administrativa el Señor Ernaldo Genóva, D.N.I. Nº 7.810.074, en calidad de apoderado de la Asociación de la Iglesia Evangélica Pentecostal de la Argentina, en su condición de propietario de un terreno sito en calle Remedios de Escalada Nº 1052, Distrito Dorrego, identificado bajo Padrón Municipal Nº 119335, solicita a fojas 01 de autos, se le conceda el beneficio de excepción a las normativas vigentes fijadas por el C.E.O.T., (Código de Edificación y Ordenamiento Territorial), para construir una ampliación del inmueble establecido en el domicilio señalado.

Que obran en autos suficientes informes técnicos y administrativos de las diferentes áreas del Ejecutivo Municipal, especificando que la zona donde se encuentra el predio, clasifica como zona residencial del área urbana, en lo relativo al uso del suelo, de acuerdo a lo citado en la Ordenanza Nº 8244/16, estableciendo un factor de ocupación del suelo que ha sido superado por la construcción existente, girando por tal motivo el caso al Honorable Concejo Deliberante con el fin que se dé al mismo el tratamiento de excepción pretendido.

Que en la actual instancia, y llegado el caso a tratamiento del Cuerpo, y luego de evaluar los estudios y consideraciones del proyecto, sus miembros concluyen en que resulta viable expedirse favorablemente, resolviendo en consecuencia.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 1079,

EL HONORABLE CONCEJO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR