Ordenanza Nro. 8384 - EXPTE Nº4800-Q-2013-60204

EmisorMunicipalidad de Guaymallen
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2017

VISTO:

Las constancias obrantes en el Expediente Nº 4800-Q-13, caratulado “QUINTEROS GONZALO REF./ DEPOSITO DE MERCADERIA”, y;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la referida pieza administrativa, se da tratamiento al pedido de Factibilidad realizado a fojas 01, por el Señor Quinteros, Gonzalo; D.N.I. Nº 34.025.827, para la Instalación de un Depósito de Mercaderías en Tránsito en un inmueble sito en Calle Espejo 176, Distrito Dorrego, identificado bajo Padrón Municipal Nº 63034.

Que, del tratamiento dado al pedido, el Departamento Ejecutivo concluyó que el domicilio citado se encuentra emplazado en cuanto a zonificación de los usos del suelo, en Zona Residencial, del Área Urbana, según Ordenanza Nº 7759 no estando permitida por el C.E.O.T. (Código de Edificación y Ordenamiento Territorial) en ese espacio la actividad pretendida, lo que motivó que a fojas 37, de la citada pieza administrativa la Directora de Planificación recomendara la remisión del caso a conocimiento de este Cuerpo Deliberativo, con el fin de dar al mismo el tratamiento de Excepción a la Normativa vigente.

Que, en la actual instancia, y luego de evaluar y analizar los informes obrantes en autos, los miembros de este Honorable Concejo consideran viable acceder al otorgamiento del citado beneficio, supeditando el mismo al estricto cumplimiento de todos los requisitos técnicos, administrativos y de Seguridad e Higiene que rigen la actividad.

POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY Nº 1079,

ORGANICA DE MUNICIPALIDADES,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

ORDENA:

Artículo 1º

Exceptúase de las previsiones establecidas en el...

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